CONFLICTO DE TRABAJO 3/2021-C
Suprema Corte de Justicia de la Nación

CONFLICTO DE TRABAJO 3/2021-C

Fecha: 31-Oct-2020

LFTSE.

3. El pago de indemnización por reparación que, en su

dicho, fue por la injustificada baja o cese de que fue

objeto, resulta IMPROCEDENTE pues,

como

se

mencionó, la terminación de la relación laboral se debió

por el término del nombramiento por tiempo fijo que le

fue otorgado en la plaza número 2081 y no así por un

despido injustificado.

Por lo que al momento de que le fue otorgado su

nombramiento la actora tenía conocimiento de la fecha

en que este concluiría, de ahí que resulten infundadas

sus manifestaciones respecto de que su baja fue

injustificada y más aún que pretenda señalar que fue

cesada, ya que de conformidad con lo dispuesto en el

artículo 46 de la LFTSE, ningún servidor público podrá