CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS 106/2021. ENTRE LAS SUSTENTADAS POR EL SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SÉPTIMO CIRCUITO Y EL PLENO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO. 23 DE MARZO DE 2022. MAYORÍA DE CUATRO VOTOS DE LOS MINISTROS JUAN LUI
Fecha: 19-Ago-2022
B Accidentes Y Enfermedades Accidentes Personales Gastos Médicos Y Salud
c) Daños: responsabilidad civil y riesgos profesionales, marítimo y transportes, incendio, agrícola y de animales, automóviles, crédito, caución, crédito a la vivienda, garantía financiera, riesgos catastróficos, diversos y los especiales que declare la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
66. Cada una de esas categorías contiene aspectos particulares que impiden dar el mismo tratamiento a cuestiones que se presenten en uno y otro caso, aunque las circunstancias en que ocurra el siniestro sean similares.
67. Ahora, sea cual fuere la operación o ramo del seguro, el resarcimiento o reparación del daño, como consecuencia del siniestro, está basada en el "principio indemnizatorio" que, como lo estableció esta Primera Sala al resolver la contradicción de tesis 104/1998,(25) "(i)mpera en los seguros contra daños (que) esencialmente tiene por objeto indemnizar el daño patrimonial causado por la realización del siniestro, bajo el entendido de que destruyó o deterioró una cosa integrante del patrimonio del asegurado (por tanto) el principio indemnizatorio que rige en la materia supone que el contrato de seguro jamás deberá ser un medio para procurar una ganancia al asegurado, (pues) sólo le corresponde indemnizar por daños sufridos".
- I Denuncia De La Contradicción De Tesis
- Ii Legitimación
- Iii Competencia
- Iv Cuestiones Necesarias Para Resolver El Asunto
- Antecedentes
- V Existencia De La Contradicción De Tesis
- Vi Estudio De Fondo
- A Nociones Generales Sobre El Contrato De Seguro
- B El Contrato De Seguro Por Daños
- B Accidentes Y Enfermedades Accidentes Personales Gastos Médicos Y Salud
- Por Tanto En El Caso Específico Del Seguro Contra Daños Se Dispuso
- C La Fuente Del Derecho De Pago A La Indemnización Es La Ley
- Los Dispositivos Legales Relativos Establecen
- Vii Decisión
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
- Título Preliminar
- De Los Contratos Mercantiles En General
- Art El Congreso Tiene Facultad
- Ii Las Sociedades Constituidas Con Arreglo A Las Leyes Mercantiles
- Artículo O De La Ley Sobre El Contrato De Seguro
- Artículo El Contrato Es Bilateral Cuando Las Partes Se Obligan Recíprocamente
- Artículo El Contrato De Seguro
- Reformado Dof De Enero De
- Adicionada Dof De Abril De
- Reformada Dof De Abril De
- Ii Objeto Que Pueda Ser Materia Del Contrato
- Artículo El Consentimiento Puede Ser Expreso O Tácito Para Ello Se Estará A Lo Siguiente
- Disposiciones Transitorias
- Artículo Lcs
- López Monroy Diccionario Jurídico Mexicano Iijunam T Viii Repz México
- Iii Cuando Un Heredero Paga Con Sus Bienes Propios Alguna Deuda De La Herencia