CONTRADICCIÓN DE TESIS 16/2021. ENTRE LAS SUSTENTADAS POR LOS TRIBUNALES COLEGIADOS PRIMERO Y SEGUNDO, AMBOS DEL DÉCIMO CIRCUITO. 24 DE MAYO DE 2022. UNANIMIDAD DE SEIS VOTOS DE LOS MAGISTRADOS ALFREDO BARRERA FLORES (PRESIDENTE), ÁNGEL RODRÍGUEZ MAL
Suprema Corte de Justicia de la Nación

CONTRADICCIÓN DE TESIS 16/2021. ENTRE LAS SUSTENTADAS POR LOS TRIBUNALES COLEGIADOS PRIMERO Y SEGUNDO, AMBOS DEL DÉCIMO CIRCUITO. 24 DE MAYO DE 2022. UNANIMIDAD DE SEIS VOTOS DE LOS MAGISTRADOS ALFREDO BARRERA FLORES (PRESIDENTE), ÁNGEL RODRÍGUEZ MAL

Fecha: 15-Jul-2022

E Competencia Auxiliar

En el caso que nos ocupa, importa señalar que la competencia por territorio es el ámbito espacial, dentro del cual el juzgador puede ejercer válidamente su función jurisdiccional, al que se le ha denominado de diversas maneras, ya sea como Circuitos, distritos o partidos judiciales.

La competencia territorial es la que distribuye las facultades para juzgar, o sea, para decir el derecho, entre diversos órganos jurisdiccionales, según diferente asignación de límites geográficos.

Una vez establecido que la competencia es la facultad que la ley otorga a un órgano jurisdiccional para que conozca determinados asuntos, dentro de los límites que la propia ley determina. A continuación, se analizarán los actos reclamados en el juicio de amparo en los supuestos sometidos a contradicción, de acuerdo con su naturaleza y consecuencias.