CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 46/2021. MUNICIPIO DE TULTEPEC, ESTADO DE MÉXICO. 17 DE AGOSTO DE 2022. PONENTE: ALFREDO GUTIÉRREZ ORTIZ MENA. SECRETARIO: DAVID GARCÍA SARUBBI.
Fecha: 27-Ene-2023
La Demanda Fue Presentada Por Parte Legítima
48. En términos del inciso i), fracción I del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los Municipios se encuentran legitimados para promover la demanda de controversia constitucional en contra de alguno de los Poderes de su entidad federativa respectiva, por lo que el Municipio de Tultepec está legitimado constitucionalmente para hacer uso de dicho mecanismo de control de regularidad constitucional.
49. En representación del Municipio de Tultepec, compareció **********, en su carácter de presidente municipal del Ayuntamiento de Tultepec, lo que acreditó con copia certificada del acta de fecha veintisiete de mayo de dos mil veinte, expedida por el secretario del Ayuntamiento de Tultepec por medio de la cual tomó protesta como presidente municipal suplente ante la ausencia definitiva del propietario por su fallecimiento.
50. Al respecto, los artículos 10, fracción I, y 11, primer párrafo, ambos de la ley reglamentaria, establecen que tendrá el carácter de actor la entidad, Poder u órgano que promueva la controversia constitucional, asimismo, que el actor deberá comparecer a juicio por conducto de los funcionarios que, en términos de las normas que lo rigen, estén facultados para representarlo.
51. Del contenido de los artículos 128, fracción V, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, 48, fracción IV y 50 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, se desprende que el presidente municipal tiene la facultad para representar jurídicamente al Ayuntamiento, de lo que se desprende que, en el caso en concreto, la demanda fue presentada por órgano y persona legitimada.
- Índice Temático
- I Antecedentes Y Trámite De La Demanda
- Ejidos Ejido De Tultepec Y Ejido De Santiago Teyahualco
- Parajes Solar Urbano Y Zona Pirotécnica La Saucera
- Ii Competencia
- Iii Precisión De Las Normas Actos U Omisiones Reclamadas
- Iv Oportunidad
- La Demanda Fue Presentada Por Parte Legítima
- Vi Legitimación Pasiva
- Vii Causas De Improcedencia Y Sobreseimiento
- Vii Falta De Interés Legítimo
- Esta Sala Estima Que Dicha Causal Debe Desestimarse En El Presente Caso
- Vii Falta De Principio De Definitividad
- Viii Estudio De Fondo
- Artículo Corresponde A La Dirección General De Planeación Urbana
- Iii La Programación De Acciones Y Obras
- Vi La Evaluación Del Plan Que Abroga O Modifica En Su Caso
- Ix Efectos
- Primeroes Procedente Y Fundada La Controversia Constitucional
- Artículo Son Facultades Y Obligaciones De La Legislatura
- Ii Se Contarán Sólo Los Días Hábiles Y
- Artículo El Congreso Tiene Facultad
- Artículo Corresponde A Las Entidades Federativas
- Vi La Evaluación Del Plan Que Abroga O Modifica En Su Caso Y