CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 24/2022. MUNICIPIO DE CULIACÁN, ESTADO DE SINALOA. 15 DE FEBRERO DE 2023. PONENTE: ALBERTO PÉREZ DAYÁN. SECRETARIO: HÉCTOR HIDALGO VICTORIA PÉREZ.
Fecha: 15-Feb-2023
Iii Trámite De La Demanda
11. Radicación y trámite. La demanda de controversia se presentó en la Oficina de Certificación Judicial y Correspondencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación el diez de febrero de dos mil veintidós.(1)
12. El quince siguiente, el Presidente de este Alto Tribunal ordenó formar y registrar el expediente con el número 24/2022 y lo turnó al Ministro Alberto Pérez Dayán para que fungiera como instructor.(2)
13. El Ministro instructor, mediante proveído del dieciséis siguiente, admitió la demanda de controversia constitucional, tuvo por reconocida la personalidad de la Síndica Procuradora del Municipio actor; y como autoridades demandadas a los Poderes Legislativo y Ejecutivo del Estado Sinaloa, emplazándolas para que formularan su contestación; finalmente, dio vista a la Fiscalía General de la República para que manifestara lo que a su representación correspondiera.(3)
- Índice Temático
- I Demanda
- Ii Conceptos De Invalidez
- Iii Trámite De La Demanda
- Iv Contestación De La Demanda
- V Opinión Del Fiscal General De La República
- Vi Cierre De Instrucción
- I Competencia
- Ii Oportunidad
- Iii Legitimación Activa
- Iv Legitimación Pasiva
- A Legitimación Pasiva Del Poder Legislativo
- B Legitimación Pasiva Del Poder Ejecutivo
- V Precisión Del Acto Impugnado
- Vi Consideraciones Y Fundamento
- V Cuando Hayan Cesado Los Efectos De Una Norma General O Acto Materia De La Controversia
- Único Se Sobresee En La Controversia Constitucional
- Claudia Mendoza Polanco
- El Escrito De Alegatos Fue Presentado El Siete De Junio De Dos Mil Veintidós
- Artículo El Plazo Para La Interposición De La Demanda Será
- Página Del Expediente Principal
- El Síndico Procurador Tendrá Las Siguientes Facultades Y Obligaciones
- Fojas A Del Expediente En Que Se Actúa
- Consta En La Foja Del Expediente En Que Se Actúa