SOLICITUD DE EJERCICIO DE FACULTAD DE INVESTIGACIÓN 1/2007. CÁMARA DE DIPUTADOS DEL CONGRESO DE LA UNIÓN.
Fecha: 28-Mar-2007
El Oficio De Mérito Textualmente Dice Lo Siguiente
"Ministro Guillermo Ortiz Mayagoitia. Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Presente. En sesión celebrada en esta fecha por la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, se aprobó el punto de acuerdo que a continuación se transcribe: ‘Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión con fundamento en lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 97 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, solicita a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, nombre comisionados especiales, para que averigüen sobre los hechos que se han puesto en su conocimiento en el presente documento, que constituyen graves violaciones a las garantías individuales de la población que permanentemente o temporalmente reside o habita en el Estado de Oaxaca.’. Lo que comunicamos a usted, para los efectos a que haya lugar. México, D.F., a 28 de marzo de 2007. Dip. Jorge Zermeño Infante. Presidente. Dip. Lilia Gpe. Merodio Reza-Secretaria."
La proposición con punto de acuerdo, que fue sometida a la consideración de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, que originó la solicitud descrita, señala lo siguiente:
"C. Presidente de la Mesa Directiva. H. Cámara de Diputados. Presente. Los suscritos diputados integrantes del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LX Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por (sic) 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo para que la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión solicite a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, nombre comisionados especiales, para que averigüen los hechos que constituyen graves violaciones de las garantías individuales de la población que permanente o temporalmente reside o habita en el Estado de Oaxaca, al tenor de las siguientes: Consideraciones. El segundo párrafo del artículo 97 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece la facultad de intervención de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la investigación de algún hecho o hechos que constituyan una grave violación de alguna garantía individual la cual puede practicarse de oficio, cuando este Máximo Tribunal de la República lo estime conveniente, o a petición de parte, pero no de cualquier sujeto indeterminado, sino exclusivamente cuando lo solicite el titular del Poder Ejecutivo o alguna de las Cámaras del Congreso de la Unión o el gobernador de algún Estado. Sin duda, la facultad investigadora que el Poder Constituyente Permanente le otorgó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación a través de la Ley Suprema, hacen que ésta se erija como un verdadero poder ante delicados temas de violaciones graves a las garantías individuales. Hoy, a más de ocho meses de haberse iniciado el conflicto social en el Estado de Oaxaca y de existir, todavía, constantes violaciones graves a las garantías individuales de los habitantes permanentes o temporales de dicha entidad, se ha conformado el escenario ideal para que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ejerza su facultad investigadora. Hoy, ante la falta de soluciones a este grave conflicto social es necesaria la voluntad y decisión de los señores Ministros de la Suprema Corte de Justicia para investigar un asunto que requiere de información veraz, investigación imparcial y autoridad moral para ser resuelto. Sobre las violaciones graves a las garantías individuales, nuestro Máximo Órgano Constitucional ha establecido en la tesis P. LXXXVI/96: ‘GARANTÍAS INDIVIDUALES. CONCEPTO DE VIOLACIÓN GRAVE DE ELLA PARA LOS EFECTOS DEL SEGUNDO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 97 CONSTITUCIONAL.’, la definición de ellas, citada a continuación: (se transcribe). En este tenor, las violaciones graves a las garantías individuales de los oaxaqueños y de las personas que habitan en dicha entidad ha sido una constante desde que Ulises Ruiz Ortiz tomó protesta del cargo a Gobernador Constitucional del Estado de Oaxaca. Sin embargo, la situación de violaciones a los derechos humanos en dicha entidad federativa, quedaron de manifiesto a nivel nacional e internacional con el estallido el 22 de mayo de 2006, del conflicto magisterial, aunado a la irrupción en el hotel del magisterio en la madrugada del 14 de junio de cientos de policías estatales fuertemente armados para desalojar a los maestros que ocupaban el zócalo de la capital de Oaxaca. Desde ese día a la fecha, son situaciones cotidianas en la vida de los habitantes del Estado de Oaxaca, la represión, las agresiones físicas, las privaciones ilegales de la libertad, los lesionados, los homicidios, el despliegue de fuerzas policiales, los ataques de los grupos de choque del Gobierno Estatal, las violaciones a las garantías de legalidad, audiencia y debido proceso de los detenidos, entre otros. Pero desgraciadamente, estos hechos provocan la interrupción del orden constitucional, destruyen el estado de derecho y provocan la ingobernabilidad. La tesis de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en cuanto a la definición y alcance de las violaciones graves a las garantías individuales se actualiza de manera perfecta para los lamentables acontecimientos que han sucedido en el Estado de Oaxaca. Desde ese día a la fecha, son situaciones cotidianas en la vida de los habitantes del Estado de Oaxaca, la represión, las agresiones físicas, las privaciones ilegales de la libertad, los lesionados, los homicidios, el despliegue de fuerzas policiales, los ataques de los grupos de choque del Gobierno Estatal, las violaciones a las garantías de legalidad, audiencia y debido proceso de los detenidos, entre otros. Pero desgraciadamente, estos hechos provocan la interrupción del orden constitucional, destruyen el estado de derecho y provocan la ingobernabilidad. La tesis de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en cuanto a la definición y alcance de las violaciones graves a las garantías individuales se actualiza de manera perfecta para los lamentables acontecimientos que han sucedido en el Estado de Oaxaca. Desafortunadamente, es el propio Gobernador Constitucional de Oaxaca, quien haciendo caso omiso de su protesta de guardar y hacer guardar la Constitución, ha violentado a las personas que habitan en dicha entidad pues su gobierno ha propiciado continuas agresiones hacia sus gobernados, como se demostrará con los siguientes hechos: a) El desalojo violento, realizado en la madrugada del 14 de junio de 2006, por 3500 policías estatales de los maestros que realizaban un plantón pacífico en el zócalo de la ciudad de Oaxaca, quienes se despertaron por el ruido de los disparos de armas de fuego, los estallidos de las granadas de gas lacrimógeno y gas pimienta de la policía estatal. El reporte de la Cruz Roja, señala 11 muertos: 8 adultos, uno de ellos una maestra embarazada que falleció luego de ser tundida a golpes por la policía, otro que falleció por un impacto que le hizo saltar un ojo y 3 niños que pernoctaban al lado de sus padres en el plantón. Asimismo se reportó un total de 192 personas atendidas, a decir del titular de la benemérita institución. b) Las muertes de numerosas personas desde que se inició el conflicto magisterial: * El 11 de agosto murió José Jiménez Colmenares tras recibir un impacto de bala en el corazón durante una marcha organizada por el magisterio y la asamblea popular para exigir la liberación de los presos políticos. * El 22 de agosto murió Lorenzo San Pablo, quien trabajaba en la Secretaría de Obras Públicas del Gobierno del Estado y apoyaba a la asamblea popular. Su muerte se registró durante un operativo conjunto que las policías ministerial, preventiva y municipal organizaron en contra de los manifestantes que tenían tomada la estación radiofónica ‘La ley’. * El 3 de octubre murió el policía popular Arcadio Hernández Santiago en el Municipio de San Antonino Castillo Velasco, donde los pobladores, simpatizantes de la APPO, desconocieron al presidente municipal. Justamente un enfrentamiento entre la policía municipal y la popular fue lo que originó la muerte de este hombre, pues la gresca terminó en balacera. * El 5 de octubre fue asesinado el maestro Jaime René Calvo Aragón. Fue degollado por dos sujetos que lo interceptaron antes de abordar su automóvil. El profesor pertenecía al grupo disidente de la sección 22, al consejo central de lucha, y esa noche se dirigía a una reunión de trabajo en donde se analizaba la reapertura de escuelas en el Estado. * El 14 de octubre Alejandro García Hernández de 39 años, fue asesinado de un balazo en la cabeza la madrugada del sábado, cuando se encontraba en la barricada ‘14 de junio’, ubicada en la avenida Símbolos Patrios. * El 27 de octubre son asesinados el camarógrafo neoyorquino Bradley Roland Hill, el profesor Emilio Alonso Fabián, de la delegación de los Loxicha, y el comunero Esteban Ruiz. * El 29 de octubre muere por el impacto de una bomba de gas en la boca del estómago, el enfermero del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) Alberto José López Bernal. c) Algunos datos documentados por diversos medios indican que se afectaron a más de un millón 300 mil alumnos por la falta de clases pues se cerraron 42 mil escuelas lo que originó que se perdieran dos meses del ciclo escolar 2006-2007, representando pérdidas por más de 5 mil millones de pesos. d) La cancelación de la festividad de la Guelaguetza, provocó pérdidas por 330 millones de pesos para hoteleros y restauranteros. Las protestas redujeron el turismo en un 75 por ciento que, a su vez, causó una pérdida económica para la ciudad de Oaxaca de cuando menos 45 millones de dólares, ya que se estima que el sector hotelero y los comerciantes sufrieron pérdidas por 5 y 9 millones de pesos diarios, respectivamente, mientras duró el conflicto. Además, 1500 locales de los mercados 20 de noviembre y Benito Juárez fueron afectados. e) Se tomaron más de 10 edificios públicos, se cerraron 25 hoteles y 30 comercios, lo que generó que 1500 personas perdieran sus empleos y 20 mil empleados fueran dados de baja en el IMSS. f) El 26 de octubre del año próximo pasado, se escuchó en la frecuencia modulada 99.1, la llamada ‘Radio ciudadana’, en la cual se transmitían mensajes en contra de los maestros y de la APPO, su locutor nunca reveló su identidad, omitió decir desde dónde transmitía y anunciaba, y daba como número telefónico para recibir llamadas a un micrófono abierto, un número falso, pues entraba al dial una estación pirata del propio gobierno. Las voces de supuestos radioescuchas que ‘llamaban’ a ese número fantasma coincidían al usar lenguaje violento contra los maestros, la APPO y los que demandaban la caída del gobernador, exigían ‘mano dura’ y prodigaban elogios al ‘gober que sí sabe amarrarse los pantalones.’. g) El 27 de octubre se suscitaron más actos de violencia, en la ciudad de Oaxaca. Desde las 10 de la mañana comenzaron balaceras y algunos desconocidos brincaron la barda del campus de la Ciudad Universitaria y prendieron fuego a las oficinas de la dirección de la Facultad de Derecho, con la intención de distraer la atención de los estudiantes que resguardaban las instalaciones de Radio Universidad, pues un grupo de encapuchados vestidos de negro pretendieron ingresar para tomarla. Poco después hubo más disparos en el puente de El Rosario, donde fue levantado el mecánico Gerardo Sánchez, quien fue recluido en el penal de Tlacolula acusado de disparo de arma de fuego. Desde las 5 de la tarde, la capital oaxaqueña vivió un escenario de represión, las zonas donde se ejerció mayor violencia fueron las de Santa Lucía del Camino y La Experimental, ya que las policías ministerial y preventiva, respaldadas por presuntos militantes del PRI, atacaron a balazos barricadas de la Asamblea Popular de los Pueblos de Oaxaca (APPO), resultando muertos el camarógrafo neoyorquino Bradley Roland Hill, el profesor Emilio Alonso Fabián, de la delegación de los Loxicha, y el comunero Esteban Ruiz, además de 23 personas heridas por arma de fuego. El fotógrafo Oswaldo Ramírez, del periódico Milenio, recibió rozón de bala en la rodilla izquierda. Los hombres armados con cuernos de chivo, escuadras 9 milímetros y revólveres 38 súper, dispararon al fotógrafo Raúl Estrella, de El Universal, quien resultó ileso. Algunos testigos aseguran haber visto salir de ahí a Pedro Carmona, ex presidente de la colonia Felipe Carrillo Puerto, quien habría disparado contra el documentalista, y a Manuel Aguilar, El Gato, jefe de personal del Ayuntamiento y primo del dirigente de la CROC, David Aguilar Robles, actual diputado local del PRI. h) El 28 de octubre el Municipio de Santa María Coyotepec cumplía varios días de estar sitiado por comandos armados organizados por el presidente municipal Jorge Pablo, estos comandos mantenían bloqueados todos los accesos al pueblo, carreteras, caminos vecinales y hasta las veredas rurales e impedían reiteradamente el ingreso de enviados de las organizaciones civiles de derechos humanos, de párrocos y familiares de los detenidos y periodistas; es de señalarse que varios heridos no fueron llevados a la Cruz Roja, sino sacados por atrás de la comisaría y subidos en un camión de volteo, como parte de los 17 detenidos que fueron ingresados en la cárcel de Miahuatlán, a dos horas de distancia. A decir de las autoridades, estos últimos hechos provocaron que la Policía Federal Preventiva (PFP) entrara a la ciudad de Oaxaca, el domingo 29 de octubre. El operativo inició a las 13 horas, y no fue sino hasta las 16 horas que la PFP pudo avanzar a las primeras calles del zócalo de la ciudad. El operativo policíaco-militar fue realizado en un ambiente de enfrentamientos y protestas contra su presencia en esa ciudad. El gobierno oaxaqueño frente a un desorden generalizado, fue omiso, negligente e impotente, por lo que tuvieron que hacer el llamado al Gobierno Federal para controlar la situación, pero no para reestablecer el orden constitucional y mucho menos hacer valer el respeto irrestricto a las garantías individuales. Lo anterior es así, toda vez que los integrantes de la Policía Federal Preventiva que se encontraban en dicha entidad federativa, siguieron con las violaciones a las garantías individuales, detenciones arbitrarias, traslados de los detenidos a penales de alta seguridad y de otras entidades federativas. i) El 30 de octubre después de la toma de la capital de Oaxaca elementos de la Policía Federal Preventiva allanaron locales del pasaje comercial Alberto Canseco Ruiz, ubicado debajo del quiosco del zócalo de la ciudad de Oaxaca, saquearon dichos comercios, robaron refrescos, botellas de agua, bolsas de papas fritas, e inclusive se llevaron carnes frías, una televisión, un horno de microondas y un minicomponente de una tortería. Rompieron las cortinas de un puesto de periódicos ubicado frente a catedral. j) El 2 de noviembre grupos policiacos implementan el operativo Juárez 2006, el cual duró aproximadamente siete horas, su objetivo era liberar la circulación en Cinco señores y la avenida Universidad, entre el periférico y la avenida del Sol, pero grupos de supuestos priístas y policías estatales, identificados inclusive por la Secretaría de Gobernación, dificultaron el avance de la Policía Federal Preventiva, generando más violencia. Al inicio de la operación para liberar las vialidades, la policía federal había dado una muestra de distensión al liberar a dos personas, pero a las ocho de la mañana los grupos aliados al PRI lanzaron cohetones a los agentes y así comenzó el embate. En Ciudad Universitaria y en el crucero de Cinco señores, miles de estudiantes, docentes y empleados de la Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca, padres de familia y habitantes de distintas comunidades, repelieron a los uniformados y en el campus de la Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca (UABJO) fueron disparadas contra ellos cientos de granadas de gas lacrimógeno y agua a presión desde las tanquetas con lo que resultaron heridas 40 personas y 22 más en las inmediaciones, así como 10 policías, cuatro de ellos graves. La policía detuvo a 30 personas, quienes fueron golpeados. A causa de las bombas molotov con fragmentos de metal y clavos y piedras fueron heridos los fotógrafos de proceso, Miguel Dimayuga y Germán Canseco, y de El Universal, Daniel Jaramillo, quien fue trasladado en helicóptero al hospital de la 28 Zona Militar, un cohetón le estalló cerca al camarógrafo del Canal 9 de la televisión estatal, Jorge Brindis, y el fotógrafo de Centro Medios Libres, Mario Mosqueda Hernández, fue golpeado por varios policías, que lo hirieron con toletes en la cabeza, la espalda y un brazo. k) El 19 de noviembre agentes de la Policía Federal Preventiva apostados en uno de los retenes instalados en los alrededores de la Plaza de la Constitución, agredieron con agua a la que le pusieron chile piquín, a los participantes de una marcha pacífica convocada por la coordinadora de mujeres oaxaqueñas (COMO) Primero de agosto y organizaciones feministas. La movilización fue para protestar por el abuso sexual que sufrió una señora de 48 años a manos de efectivos de la PFP, así como por otros casos de hostigamiento y acoso. En el incidente resultó afectado el fotógrafo del diario Reforma, Tomás Martínez. l) El 20 de noviembre, por casi cuatro horas, agentes de la Policía Federal Preventiva y simpatizantes de la Asamblea Popular de los Pueblos de Oaxaca, se enfrentaron en las calles del centro histórico de la capital, con un saldo de 53 intoxicados y lesionados por parte de los miembros del magisterio y la asamblea popular, y al menos cinco elementos de dicha corporación. Tres de los seguidores de la (APPO) fueron reportados graves al diagnosticárseles traumatismo craneoencefálico por golpes, y uno presentó un impacto en la pierna por un proyectil de gas lacrimógeno. Francisco Olvera y Octavio Vélez Ascencio de La Jornada, fueron perseguidos pistola en mano por agentes federales. Los fotógrafos de las agencias Efe y Reuters, Patricia Domínguez y Jorge Luis Plata, así como el camarógrafo de TV Azteca Alejandro Domínguez Juárez fueron agredidos por elementos de la PFP. Mientras, el reportero de El Universal Alejandro Torres recibió un impacto de gas lacrimógeno en la pierna izquierda, que no tuvo mayores consecuencias. m) El 21 de noviembre en la madrugada, aproximadamente 30 hombres armados y vestidos de civil, algunos con el rostro cubierto, incendiaron el campamento central de la Asamblea Popular de los Pueblos de Oaxaca, instalado en el atrio del templo de Santo Domingo de Guzmán, a tres cuadras de los retenes establecidos por la Policía Federal Preventiva alrededor de la Plaza de la Constitución. n) El 25 de noviembre durante la marcha de la APPO en el centro histórico de la capital del Estado de Oaxaca, se dieron enfrentamientos entre éstos y la Policía Federal Preventiva, los cuales tuvieron como resultado más de 140 heridos, 100 detenidos y fueron incendiados numerosos inmuebles públicos y privados, entre otros: los edificios del Tribunal Superior de Justicia del Estado y del Poder Judicial Federal, el Teatro Juárez ex sede del Congreso Local, las oficinas de la Secretaría de Turismo de la entidad. También fueron dañados los edificios de la Secretaría de Relaciones Exteriores, del Registro Público de la Propiedad, la Facultad de Sociología de la (UABJO) y la Asociación Mexicana de Hoteles y Moteles de la entidad. De igual forma, sufrieron daños por bombas molotov el hotel Camino Real y otras dos casonas sobre la calle Macedonio Alcalá, donde se reportaron algunos de los combates más fuertes esa tarde y noche. Asimismo, fueron incendiados diferentes establecimientos comerciales así como decenas de automóviles y autobuses. Los hechos anteriormente enumerados materializan de sobra las hipótesis contenidas en la definición, emitida por la Suprema Corte de Justicia, de violaciones graves a las garantías constitucionales, a saber: I. Las violaciones graves de garantías a que se refiere el artículo 97 constitucional, son hechos generalizados consecuentes a un ‘estado de cosas’. Por economía únicamente señalaremos algunos de los hechos generalizados que han sucedido en el Estado de Oaxaca: A. El desalojo violento, realizado en la madrugada del 14 de junio de 2006, por 3500 policías estatales, de los maestros que realizaban un plantón pacífico en el zócalo de la ciudad de Oaxaca, quienes se despertaron por el ruido de los disparos de armas de fuego, los estallidos de las granadas de gas lacrimógeno y gas pimienta de la policía estatal. El reporte de la Cruz Roja, señala 11 muertos: 8 adultos, una de ellas una maestra embarazada que falleció luego de ser tundida a golpes por la policía, otro falleció por un impacto que le hizo saltar un ojo, 3 niños que pernoctaban al lado de sus padres en el plantón también han fallecido. Asimismo, se reportó un total de 192 personas atendidas, a decir del titular de la benemérita institución. B. El 27 de octubre, la capital oaxaqueña vivió un escenario de represión, las zonas donde se ejerció mayor violencia fueron las de Santa Lucía del Camino y La Experimental, ya que las policías ministerial y preventiva, respaldadas por presuntos militantes del PRI, atacaron a balazos barricadas de la Asamblea Popular de los Pueblos de Oaxaca (APPO), resultando muertos el camarógrafo neoyorquino Bradley Roland Hill, el profesor Emilio Alonso Fabián, de la delegación de los Loxicha, y el comunero Esteban Ruiz, además de 23 personas heridas por arma de fuego. El fotógrafo Oswaldo Ramírez, del periódico Milenio recibió un rozón de bala en la rodilla izquierda. Los hombres armados con cuernos de chivo, escuadras 9 milímetros y revólveres 38 súper, dispararon al fotógrafo Raúl Estrella, de El Universal, quien resultó ileso. C. El 25 de noviembre durante la marcha de la (APPO) en el centro histórico de la capital del Estado de Oaxaca, se dieron enfrentamientos entre éstos y la Policía Federal Preventiva, los cuales tuvieron como resultado más de 140 heridos, 100 detenidos y fueron incendiados numerosos inmuebles públicos y privados, entre otros: los edificios del Tribunal Superior de Justicia del Estado y del Poder Judicial Federal, el Teatro Juárez ex sede del Congreso Local, las oficinas de la Secretaría de Turismo de la entidad. También fueron dañados los edificios de la Secretaría de Relaciones Exteriores, del Registro Público de la Propiedad, la Facultad de Sociología de la (UABJO) y la Asociación Mexicana de Hoteles y Moteles de la entidad. De igual forma, sufrieron daños por bombas molotov el hotel Camino Real y otras dos casonas sobre la calle Macedonio Alcalá, donde se reportaron algunos de los combates más fuertes esa tarde y noche. Asimismo, fueron incendiados diferentes establecimientos comerciales así como decenas de automóviles y autobuses. II. Acaecidos en una entidad o región determinadas. En el Estado de Oaxaca han acaecido los hechos señalados. III. Su averiguación tiene lugar cuando ocurren acontecimientos que debiendo ser afrontados y resueltos por las autoridades constituidas, con estricto apego al principio de legalidad, esos acontecimientos no se logran controlar por la actitud de la propia autoridad. Los acontecimientos sucedidos en el Estado de Oaxaca no han sido afrontados ni resueltos por las autoridades constituidas, con estricto apego al principio de legalidad, sino todo lo contrario, baste para demostrarlo lo sucedido el 11 de agosto de 2006, cuando murió José Jiménez Colmenares tras recibir un impacto de bala en el corazón durante una marcha organizada por el magisterio y la asamblea popular para exigir la liberación de los presos políticos; y el 22 del mismo mes y año murió Lorenzo San Pablo, quien trabajaba en la Secretaría de Obras Públicas del Gobierno del Estado y apoyaba a la Asamblea Popular. Su muerte se registró durante un operativo conjunto que las policías ministerial, preventiva y municipal organizaron en contra de los manifestantes que tenían tomada la estación radiofónica ‘La ley’. Asimismo el 3 de octubre del mismo año, murió el policía popular Arcadio Hernández Santiago en el Municipio de San Antonino Castillo Velasco, donde los pobladores, simpatizantes de la (APPO), desconocieron al presidente municipal. Justamente un enfrentamiento entre la policía municipal y la popular fue lo que originó la muerte de este hombre, pues la gresca terminó en balacera. IV. Se producen, en consecuencia, violaciones a los derechos fundamentales de los individuos. El gobernador del Estado de Oaxaca, Ulises Ruiz Ortiz, y el entonces secretario de Seguridad Pública, Eduardo Medina Mora, violaron los derechos fundamentales de los habitantes del Estado al ordenar que las fuerzas de seguridad pública agredieran a los ciudadanos de Oaxaca en lugar de protegerlos, como sucedió el 19 de noviembre de 2006, cuando agentes de la Policía Federal Preventiva apostados en uno de los retenes instalados en los alrededores de la plaza de la Constitución, agredieron con agua a la que le pusieron chile piquín, a los participantes de una marcha pacífica convocada por la Coordinadora de Mujeres Oaxaqueñas (COMO) Primero de Agosto y organizaciones feministas. La movilización fue para protestar por el abuso sexual que sufrió una señora de 48 años a manos de efectivos de la PFP, así como por otros casos de hostigamiento y acoso. En el incidente resultó afectado el fotógrafo del diario Reforma, Tomás Martínez. V. La grave violación de garantías individuales se presenta cuando la sociedad se encuentra en un estado de inseguridad material. El costo económico del conflicto ha sido enorme para los habitantes de Oaxaca, según se demuestra con las siguientes cifras: la cancelación de la festividad de la Guelaguetza provocó pérdidas por 330 millones de pesos para hoteleros y restauranteros. Las protestas redujeron el turismo en un 75 por ciento que, a su vez, causó una pérdida económica para la ciudad de Oaxaca de cuando menos 45 millones de dólares, ya que se estima que el sector hotelero y los comerciantes sufrieron pérdidas por 5 y 9 millones de pesos diarios, respectivamente, mientras duró el conflicto. Además, 1500 locales de los mercados 20 de noviembre y Benito Juárez fueron afectados. VI. La grave violación de garantías individuales se presenta cuando la sociedad se encuentra en un estado de inseguridad social. El gobernador Ulises Ruiz, ha fallado en su obligación de procurar seguridad social a sus gobernados como se demuestra con que se hayan tomado numerosos edificios públicos, se hayan cerrado 25 hoteles y 30 comercios, lo que generó a que 1500 personas perdieran sus empleos y 20 mil empleados fueran dados de baja en el IMSS. Asimismo, algunos datos documentados por diversos medios indican que se afectaron a más de un millón 300 mil alumnos por la falta de clases, se cerraron 42 mil escuelas y se perdieron dos meses del ciclo escolar 2006-2007. VII. La grave violación de garantías individuales se presenta cuando la sociedad se encuentra en un estado de inseguridad política. El pueblo de Oaxaca ha vivido en un clima de inseguridad política pues ha sido agredido por sus autoridades en repetidas ocasiones, según ha sido narrado por habitantes de la localidad, como lo sucedido en el Municipio de Santa María Coyotepec cumplía varios días de estar sitiado por comandos armados organizados por el presidente municipal Jorge Pablo, estos comandos mantenían bloqueados todos los accesos al pueblo, carreteras, caminos vecinales y hasta las veredas rurales e impedían reiteradamente el ingreso de enviados de las organizaciones civiles de derechos humanos, de párrocos y familiares de los detenidos y periodistas; es de señalarse que varios heridos no fueron llevados a la Cruz Roja, sino sacados por atrás de la comisaría y subidos en un camión de volteo, como parte de los 17 detenidos que fueron ingresados en la cárcel de Miahuatlán, a dos horas de distancia. Otro ejemplo de la inseguridad política que han vivido los habitantes de Oaxaca sucedió el 3 de octubre de 2006, cuando murió el policía popular Arcadio Hernández Santiago en el Municipio de San Antonino Castillo Velasco, donde los pobladores, simpatizantes de la (APPO), desconocieron al presidente municipal. Justamente un enfrentamiento entre la policía municipal y la popular fue lo que originó la muerte de este hombre, pues la gresca terminó en balacera. VIII. La grave violación de garantías individuales se presenta cuando la sociedad se encuentra en un estado de inseguridad jurídica. El gobierno oaxaqueño ha violado las garantías individuales de sus gobernados al propiciar el estado de inseguridad jurídica en el que han vivido en los últimos meses, pues frente a un desorden generalizado, fue omiso, negligente e impotente, para resolverlo por lo que tuvo que hacer un llamado al Gobierno Federal para controlar la situación, pero no para reestablecer el orden constitucional y mucho menos hacer valer el respeto irrestricto a las garantías individuales. Lo anterior es así, toda vez que los integrantes de la Policía Federal Preventiva que se encontraban en dicha entidad federativa, cometieron violaciones sistemáticas a las garantías individuales de los pobladores, detenciones arbitrarias y traslados de los detenidos a penales de alta seguridad y de otras entidades federativas. IX. Las propias autoridades que deben proteger a la población que gobiernan, son las que producen o propician los actos violentos, pretendiendo en tal forma obtener una respuesta disciplinada, aunque aquéllos sean violatorios de los derechos de las personas y de las instituciones. Es incuestionable que Ulises Ruiz no solamente ha fallado al proteger a la población que gobierna sino que ha propiciado actos violentos en contra de ella, según él, con la intención de reestablecer el orden, pero sin importarle que con su actuar violara los derechos de sus gobernados y de las instituciones. Lo anterior se demuestra plenamente con lo sucedido el 27 de octubre de 2006, cuando la capital oaxaqueña vivió un escenario de represión, las zonas donde se ejerció mayor violencia fueron las de Santa Lucía del Camino y La Experimental, ya que las policías ministerial y preventiva, respaldadas por presuntos militantes del PRI, atacaron a balazos barricadas de la Asamblea Popular de los Pueblos de Oaxaca (APPO), resultando muertos el camarógrafo neoyorquino Bradley Roland Hill, el profesor Emilio Alonso Fabián, de la delegación de los Loxicha, y el comunero Esteban Ruiz, además de 23 personas heridas por arma de fuego. El fotógrafo Oswaldo Ramírez, del periódico Milenio, recibió rozón de bala en la rodilla izquierda. Los hombres armados con cuernos de chivo, escuadras 9 milímetros y revólveres 38 súper, dispararon al fotógrafo Raúl Estrella, de El Universal, quien resultó ileso. X. Que frente a un desorden generalizado, las autoridades sean omisas, negligentes o impotentes para encauzar las relaciones pacíficas de la comunidad. Es innegable que Ulises Ruiz no supo controlar el desorden generalizado que durante meses asoló a la ciudad de Oaxaca, su actuar como gobernante fue omiso y negligente pues falló en encauzar las relaciones pacíficas de su comunidad, lo que se demuestra con la represión que ha ejercido contra los ciudadanos de Oaxaca, las agresiones físicas de que han sido objeto, las privaciones ilegales de la libertad, los lesionados, los homicidios, el despliegue de fuerzas policiales, las violaciones a las garantías de legalidad, audiencia y debido proceso de las detenidos. Estamos conscientes que algunos ciudadanos oaxaqueños actuaron contrario a la ley, pero eso no justifica que el Estado viole sus garantías individuales. Si algún ciudadano infringió la ley deberá ser sometido a un proceso justo y sancionado conforme lo determinen las leyes. XI. Que sean totalmente indiferentes en obtener el respeto a las garantías individuales. Ulises Ruiz ha demostrado una total indiferencia en obtener el respeto a las garantías individuales de sus gobernados, pues en lugar de propiciar un ambiente de tranquilidad, seguridad y respeto en su entidad, ha propiciado el terror, el desorden y la ingobernabilidad. Al actualizar cada uno de los elementos de la definición del concepto de ‘violaciones graves de las garantías individuales’, se comprueba el distanciamiento constitucional que ha sido una constante en el gobierno de Ulises Ruiz y se demuestra de manera fehaciente la grave crisis de ingobernabilidad y de violencia que vivió el pueblo de Oaxaca y que hace insoslayable el llamado del Poder Legislativo para que intervenga, en consecuencia, el máximo órgano jurisdiccional del país y nos acerquemos un poco al camino de la justicia y de la dignidad que nuestro pueblo reclama. El Estado mexicano, requiere de un cambio real y profundo y lo requiere con urgencia; la presión es mucha y sería deseable que los integrantes del Alto Tribunal, decidieran investigar los hechos que constituyen graves violaciones a las garantías individuales de los habitantes permanentes y temporales en el Estado de Oaxaca. Hacemos este llamado a la Suprema Corte de Justicia de la Nación pues desgraciadamente la impunidad campea en Oaxaca. A pesar de que el gobernador Ulises Ruiz ha violado de manera grave las garantías individuales de sus gobernados, sigue intocable en su puesto. Las recomendaciones hechas por la Comisión Nacional de Derechos Humanos han sido rechazadas por el entonces secretario de Seguridad Pública, Eduardo Medina Mora, argumentando que los hechos narrados por la comisión son ‘fantasías que nunca sucedieron’. Es pues entonces imprescindible, que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ejercite su facultad de investigación de los hechos que constituyeron graves violaciones de las garantías individuales de los habitantes del Estado de Oaxaca, pues además de ser procedente, su intervención sería de gran ayuda para restaurar el Estado de derecho en la entidad y reestablecer la seguridad jurídica para la sociedad oaxaqueña. Por lo anteriormente expuesto sometemos a la consideración de esta asamblea la siguiente proposición con: Punto de acuerdo. Único. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión con fundamento en lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 97 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, solicita a la Suprema Corte de Justicia de la Nación nombre comisionados especiales, para que averigüen sobre los hechos que se han puesto en su conocimiento en el presente documento, que constituyen graves violaciones a las garantías individuales de la población que permanentemente o temporalmente reside o habita en el Estado de Oaxaca. Dado en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados a los seis días del mes de febrero de 2007. Suscriben. Dip. P. Aleida Alavez Ruiz (rúbrica). Dip. Altamirano Toledo Carlos. Dip. Cuevas Córdoba Othón. Dip. De los Santos Molina Joaquín Conrado. Dip. Dehesa Mora Daniel. Dip. Hernández Gaytán Daisy Selene. Dip. Hernández Silva Benjamín. Dip. Martínez Martínez Carlos Roberto."
SEGUNDO. Por acuerdo de treinta de marzo de dos mil siete, el presidente de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación ordenó formar y registrar el expediente de solicitud para que este Alto Tribunal ejerza la facultad de investigación prevista en el párrafo segundo del artículo 97 constitucional con el número 1/2007, admitiendo a trámite dicha solicitud y turnó los autos al Ministro Juan N. Silva Meza.
TERCERO. Por ocurso presentado el diez de abril de dos mil siete, el grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, aportó diversos elementos probatorios para sustentar la solicitud de referencia.
- Secretario Jaime Flores Cruz
- Resultando
- El Oficio De Mérito Textualmente Dice Lo Siguiente
- Considerando
- En Efecto El Precepto Citado Establece
- B Los Gobernadores De Los Estados
- Página
- I Naturaleza De La Facultad De Investigación
- Ii Calificación De Hechos Que Constituyen Una Violación Grave De Garantías Individuales
- La Solicitud Conocida Como El Caso Aguas Blancas Se Desarrolló De La Manera Siguiente
- D En La Misma Sesión Se Acordó Lo Siguiente
- En Principio Cabe Reseñar El Material Probatorio Que Obra En El Presente Expediente
- En Dicha Versión Se Aprecia Lo Siguiente
- En El Informe De Referencia Se Arriba A Las Siguientes
- En El Anexo Fotográfico Se Pueden Observar Algunas Imágenes Que Se Describen Enseguida
- En El Informe De Mérito Se Establecieron Las Siguientes
- Marco Jurídico
- Por Su Parte El Numeral De La Convención Americana Sobre Derechos Humanos Refiere Lo Siguiente
- Gravedad De Los Hechos
- El Acuerdo Número En La Parte Que Interesa Establece Lo Que A Continuación Se Transcribe
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve