JUICIO SOBRE CUMPLIMIENTO DE LOS CONVENIOS DE COORDINACIÓN FISCAL 2/2001. ESTADO DE SINALOA.
Fecha: 01-Ene-1917
C Que El Depósito O Envío Se Realice Dentro De Los Plazos Legales
En el caso concreto, el depósito de la demanda se hizo mediante pieza certificada con acuse de recibo, según se desprende del sobre que corre agregado a fojas noventa y seis del presente expediente, en el que aparece estampado un sello que señala: "registrados", con lo que se cumple, en este aspecto, con el primer requisito mencionado.
Por otra parte, del análisis del sobre con el que se remitió a esta Suprema Corte de Justicia de la Nación la demanda a estudio, que obra agregado a fojas noventa y seis de este expediente, se advierte que aparece estampado un sello del que se aprecia que el sobre mencionado se depositó el diez de septiembre de dos mil uno, en la administración del Servicio Postal Mexicano, ubicada en la ciudad de Culiacán, Estado de Sinaloa, lugar de residencia de la parte actora; por tanto, debe concluirse que se cumple con el segundo requisito mencionado.
Se debe agregar que la consideración de que la demanda se presentó en el lugar de residencia de la parte actora, encuentra su apoyo en el artículo 21 de la Constitución Política del Estado de Sinaloa, el cual señala lo siguiente:
"Artículo 21. La residencia oficial de los Poderes del Estado, será la ciudad de Culiacán Rosales. Sólo el Congreso del Estado podrá autorizar provisionalmente su remoción."
Precisado lo anterior, resta ahora determinar si el depósito de la demanda de este juicio se hizo dentro del plazo legal que prevé el artículo 21, fracción I, de la ley reglamentaria de la materia.
- Considerando
- I La Secretaría De Hacienda Y Crédito Público Oirá A La Entidad De Que Se Trate
- Artículo La Suprema Corte De Justicia Conocerá Funcionando En Pleno
- En El Presente Caso Los Actos Impugnados Se Hacen Consistir En Lo Siguiente
- C Que El Depósito O Envío Se Realice Dentro De Los Plazos Legales
- Artículo El Plazo Para La Interposición De La Demanda Será
- C Al En Que El Actor Se Ostente Sabedor De Los Mismos
- Viii En Los Demás Casos En La Que La Improcedencia Resulte De Alguna Disposición De Esta Ley
- Artículo O Los Plazos Se Computarán De Conformidad Con Las Reglas Siguientes
- Ley Orgánica De La Administración Pública Del Estado De Sinaloa
- Reglamento Orgánico De La Administración Pública Estatal De Sinaloa
- Constitución Del Estado De Sinaloa
- Ix Formar La Estadística Del Estado
- Xii Extender Los Fiats De Notarios Con Arreglo A La Ley Respectiva
- Xvi Iniciar Leyes Y Decretos Ante El Congreso Del Estado
- Xix Velar Por La Moralidad Pública Impidiendo Enérgicamente El Establecimiento De Juegos De Azar
- Xxiii Bis Formalizar Toda Clase De Acuerdos Contratos Y Convenios
- Artículo La Administración Pública Será Estatal Y Paraestatal
- Reglamento Interior De La Secretaría De Administración Y Finanzas Del Estado De Sinaloa
- El Secretario Para La Mejor Distribución Y Desarrollo Del Trabajo Podrá
- Artículo O Son Facultades Del Secretario Las Siguientes
- Artículo O Son Facultades Indelegables Del Secretario Las Siguientes
- Artículo
- Debe Aclararse Que El Artículo De La Ley De Coordinación Fiscal Prevé
- Iv La Junta De Coordinación Fiscal
- Artículo Son Facultades Exclusivas Del Congreso Del Estado Las Siguientes
- I La Participación En Los Negocios En Que El Estado Tenga Interés Jurídico
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve