QUEJA 190/2021. 30 DE JULIO DE 2021. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: FERNANDO RANGEL RAMÍREZ. SECRETARIA: MA. DEL CARMEN MELÉNDEZ VALERIO.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

QUEJA 190/2021. 30 DE JULIO DE 2021. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: FERNANDO RANGEL RAMÍREZ. SECRETARIA: MA. DEL CARMEN MELÉNDEZ VALERIO.

Fecha: 18-Mar-2022

No Pretende La Expulsión Preliminar O Anticipada De Las Normas De Su Esfera Jurídica

• El Juez Federal debió tomar en cuenta los elementos que aportó en la demanda para el estudio del buen derecho, el peligro en la demora y el perjuicio al orden público e interés social, y no afirmar que no era viable la suspensión por carecer de información, pues ello implicaría que en ningún caso puede otorgarse la suspensión provisional.

• La interpretación que realizó el Juez Federal es errónea y contraria a lo que establece el artículo 28 constitucional.

• Es suficiente que no sea parte en el juicio donde se pretenden ejecutar actos privativos de sus derechos sustantivos para tener por acreditada la apariencia del buen derecho y su interés legítimo, para que se le conceda la medida solicitada.

• Se violenta la tutela judicial efectiva, al considerar el juzgador que era necesario el análisis del juicio al que es tercero extraño.