QUEJA 138/2022. SUBDIRECTOR DE RECURSOS ADMINISTRATIVOS, ADSCRITO A LA OFICINA DE LA ABOGADA GENERAL, EN REPRESENTACIÓN DE LA SECRETARÍA DE SALUD Y DEL SUBSECRETARIO DE PREVENCIÓN Y PROMOCIÓN DE LA SALUD, TODOS DE LA SECRETARÍA DE SALUD. 4 DE ABRIL D
Suprema Corte de Justicia de la Nación

QUEJA 138/2022. SUBDIRECTOR DE RECURSOS ADMINISTRATIVOS, ADSCRITO A LA OFICINA DE LA ABOGADA GENERAL, EN REPRESENTACIÓN DE LA SECRETARÍA DE SALUD Y DEL SUBSECRETARIO DE PREVENCIÓN Y PROMOCIÓN DE LA SALUD, TODOS DE LA SECRETARÍA DE SALUD. 4 DE ABRIL D

Fecha: 22-Abr-2022

Consentimiento Informado

Las autoridades recurrentes afirmaron que el Juez se extralimitó en sus facultades al dictar la suspensión de plano y al suplir facultades que les corresponden a las autoridades administrativas y no así a las autoridades jurisdiccionales, y que se violan los derechos de los menores a ser escuchados y decidir si quieren vacunarse a través del consentimiento informado, que consiste en que un doctor pregunte a un padre/madre o tutor legal para que dé el permiso a su hijo/a para formar parte de un ensayo clínico, a este documento se le llama consentimiento informado. Y cuando son los niños y niñas de 12 años o mayores quienes expresan su decisión de aceptar participar en un ensayo, lo hacen firmando el documento de asentimiento informado.

Los argumentos mencionados son infundados, ya que con relación al consentimiento informado de los menores de 12 años en adelante para que manifiesten su conformidad con la vacunación y en lo atinente al interés suspensional, debe considerar que, en el caso, quien promueve la demanda es F.J.H.M., en representación de su hijo menor de edad de nombre F.J.H.G., de 8 años de edad, anexando a su demanda acta de nacimiento del menor.

Es ilustrativa la tesis número 1a. XLIII/2012 (10a.), sustentada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de rubro siguiente: "CONSENTIMIENTO INFORMADO. DERECHO FUNDAMENTAL DE LOS PACIENTES."(15)