Suprema Corte de Justicia de la Nación
QUEJA 218/2021. 1 DE DICIEMBRE DE 2021. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: ARIEL ALBERTO ROJAS CABALLERO. SECRETARIA: CLAUDIA ALONSO MEDRANO.
Fecha: 27-May-2022
Ii La Preservación De La Soberanía E Independencia Nacionales Y La Defensa Del Territorio
"III. El mantenimiento del orden constitucional y el fortalecimiento de las instituciones democráticas de gobierno;
"IV. El mantenimiento de la unidad de las partes integrantes de la Federación señaladas en el artículo 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
"V. La defensa legítima del Estado Mexicano respecto de otros Estados o sujetos de derecho internacional, y
"VI. La preservación de la democracia, fundada en el desarrollo económico social y político del país y sus habitantes."
Por su parte, en el artículo 5 de dicho ordenamiento legal se enumeran los supuestos que se consideran como amenazas a la seguridad nacional, a saber:
- Considerando
- Antecedentes
- Materia De La Suspensión Solicitada
- El Artículo De La Ley De Seguridad Nacional Establece
- Ii La Preservación De La Soberanía E Independencia Nacionales Y La Defensa Del Territorio
- Artículo Para Los Efectos De La Presente Ley Son Amenazas A La Seguridad Nacional
- Iii Actos Que Impidan A Las Autoridades Actuar Contra La Delincuencia Organizada
- Vii Actos Que Atenten En Contra Del Personal Diplomático
- Xi Actos Tendentes A Obstaculizar O Bloquear Actividades De Inteligencia O Contrainteligencia
- Suspensión De Oficio Que Se Decreta De Plano
- Artículo La Suspensión Del Acto Reclamado Se Decretará De Oficio O A Petición Del Quejoso
- Lo Anterior Es Así Ya Que Parte De Una Idea Inexacta
- Interés Superior Del Menor
- Se Explica
- Derecho A La Salud
- Ii Hasta El Máximo De Los Recursos De Que Disponga
- De Lo Anterior Se Obtienen Las Siguientes Premisas
- Caso Analizado
- Consecuentemente Ante Lo Infundado De Los Conceptos De Agravio Se Confirma El Auto Recurrido