QUEJA 218/2021. 1 DE DICIEMBRE DE 2021. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: ARIEL ALBERTO ROJAS CABALLERO. SECRETARIA: CLAUDIA ALONSO MEDRANO.
Fecha: 27-May-2022
Interés Superior Del Menor
Por otra parte, son infundados los argumentos contenidos en otra parte del primer agravio, relativos a que no es procedente conceder de plano la medida cautelar en términos del artículo 126 de la Ley de Amparo, porque en el caso no se surte alguno de los supuestos contenidos en dicho precepto, en virtud de que los actos reclamados únicamente podrían tener por efecto no acceder a un beneficio clínico (por el momento), y que no puede considerarse que la posibilidad de contraer el virus SARS-CoV-2 conlleve indefectiblemente a la pérdida de la vida de la menor quejosa o que represente un peligro inminente de privación de la misma.
Agregan que sostener lo contrario es suponer que de aplicarse la vacuna se garantiza no contagiarse y eventualmente no perder la vida, lo cual carece de base científica, ya que sólo es un mecanismo que reduce los efectos del virus; de suerte que la inoculación tampoco garantiza la salud y la vida.
- Considerando
- Antecedentes
- Materia De La Suspensión Solicitada
- El Artículo De La Ley De Seguridad Nacional Establece
- Ii La Preservación De La Soberanía E Independencia Nacionales Y La Defensa Del Territorio
- Artículo Para Los Efectos De La Presente Ley Son Amenazas A La Seguridad Nacional
- Iii Actos Que Impidan A Las Autoridades Actuar Contra La Delincuencia Organizada
- Vii Actos Que Atenten En Contra Del Personal Diplomático
- Xi Actos Tendentes A Obstaculizar O Bloquear Actividades De Inteligencia O Contrainteligencia
- Suspensión De Oficio Que Se Decreta De Plano
- Artículo La Suspensión Del Acto Reclamado Se Decretará De Oficio O A Petición Del Quejoso
- Lo Anterior Es Así Ya Que Parte De Una Idea Inexacta
- Interés Superior Del Menor
- Se Explica
- Derecho A La Salud
- Ii Hasta El Máximo De Los Recursos De Que Disponga
- De Lo Anterior Se Obtienen Las Siguientes Premisas
- Caso Analizado
- Consecuentemente Ante Lo Infundado De Los Conceptos De Agravio Se Confirma El Auto Recurrido