Suprema Corte de Justicia de la Nación
QUEJA 182/2020. 11 DE FEBRERO DE 2021. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: FERNANDO RANGEL RAMÍREZ. SECRETARIA: MA. DEL CARMEN MELÉNDEZ VALERIO.
Fecha: 26-Ago-2022
A Provisionales Porque Sólo Duran Hasta La Conclusión Del Proceso
"b) Accesorias, en tanto que no constituyen un fin en sí mismas, sino que nacen de un proceso principal;
- Considerando
- Es Codemandado En El Referido Asunto El Cual Se Encuentra En La Etapa De Ejecución De Convenio
- El Recurrente Argumenta
- Características Del Cambio De Situación Jurídica
- Caso Concreto
- Breve Noción Sobre Las Medidas Cautelares O Providencias Precautorias
- A Provisionales Porque Sólo Duran Hasta La Conclusión Del Proceso
- C Sumarias Pues Por Su Propia Finalidad Se Tramitan En Plazos Muy Breves Y
- Marco Teórico Medidas Cautelares
- Al Respecto Héctor Fix Zamudio Y José Ovalle Favela Han Señalado Que
- Medidas Cautelares Como Especie Nominadas Previstas En El Código De Comercio
- Ii Que No Se Oculten O Dilapiden Los Bienes En Que Debe Ejercitarse Una Acción Real
- En Que Se Apoyó El Juez De Distrito Para Desechar La Demanda
- Únicoes Fundado El Recurso De Queja
- Artículo El Juicio De Amparo Es Improcedente
- Castilla Juárez Karlos Artemio Op Cit Página