Suprema Corte de Justicia de la Nación
REVISIÓN FISCAL 180/2008. SECRETARIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO Y OTRAS.
Fecha: 31-Dic-2005
Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
ÚNICO.-Se confirma la sentencia sujeta a revisión, dictada el treinta de enero de dos mil ocho, por la Tercera Sala Regional de Occidente del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en el juicio de nulidad 4350/05-07-03-3, promovido por Promotora Paradise, S.A. de C.V., cuyos puntos resolutivos dicen:
I. Ha resultado fundado el estudio oficioso, efectuado por esta Sala, respecto de la competencia territorial del administrador local jurídico de Tepic, a la luz de los preceptos invocados para tal efecto en la resolución recurrida.
- Cuarto La Sentencia Recurrida En Lo Conducente Dice Lo Siguiente
- Artículo El Demandante Deberá Adjuntar A Su Demanda
- Ii No Procede Sobreseer El Juicio En Que Se Actúa
- Considerandos
- Se Transcriben Precedentes
- Lo Resaltado Es Nuestro
- Artículo Último Párrafo Y Del Código Fiscal De La Federación
- Quinto La Autoridad Recurrente Expresó Como Agravios Los Siguientes
- Sexto Los Agravios Son Infundados
- Dichos Agravios Son Infundados
- Los Artículos O Y De La Ley General De Población Establecen
- Por Su Parte El Artículo Del Reglamento De La Ley General De Población Dice
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
- Ii La Parte Actora No Acreditó Los Extremos De Su Acción En Consecuencia