SOLICITUD DE SUSTITUCIÓN DE JURISPRUDENCIA 1/2015. MAGISTRADOS INTEGRANTES DEL PLENO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL CUARTO CIRCUITO. 3 DE NOVIEMBRE DE 2015. MAYORÍA DE DOS VOTOS DE LOS MAGISTRADOS JORGE MEZA PÉREZ Y JOSÉ ELÍAS GALLEGOS BENÍTEZ. DISIDE
Suprema Corte de Justicia de la Nación

SOLICITUD DE SUSTITUCIÓN DE JURISPRUDENCIA 1/2015. MAGISTRADOS INTEGRANTES DEL PLENO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL CUARTO CIRCUITO. 3 DE NOVIEMBRE DE 2015. MAYORÍA DE DOS VOTOS DE LOS MAGISTRADOS JORGE MEZA PÉREZ Y JOSÉ ELÍAS GALLEGOS BENÍTEZ. DISIDE

Fecha: 22-Ene-2016

Resultando

PRIMERO.-Solicitud de sustitución de jurisprudencia. Mediante oficio 308, recibido el trece de julio de dos mil quince, en el Pleno en Materia Administrativa del Cuarto Circuito, con sede en esta ciudad, el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito, por conducto de su presidente, formuló la solicitud de sustitución relativa a las jurisprudencias de este Pleno de Circuito PC.IV.A. J/5 A (10a.) y PC.IV.A. J/6 A (10a.)

SEGUNDO.-Registro del expediente. Por acuerdo de catorce de julio de dos mil quince,(1) el Magistrado presidente del Pleno en Materia Administrativa del Cuarto Circuito ordenó formar y registrar el expediente relativo a la solicitud sustitución de jurisprudencia 1/2015; admitió a trámite la sustitución de jurisprudencia de trato; precisó que lo conducente es que se tramite en un solo expediente; procedió al registro electrónico; conforme lo previsto en el artículo 22 del Acuerdo General 20/2103, del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, solicitó se comunicara el auto de referencia a la Coordinación de Compilación y Sistematización de Tesis de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; y ordenó el turno del asunto.

TERCERO.-Sustanciación del expediente. En auto de diecisiete de agosto de dos mil quince,(2) se tuvieron por recibidos los oficios 6426/2015 y 6432/2015, suscritos por el actuario judicial del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito, mediante los cuales comunicó los proveídos de once de agosto de dos mil quince, dictados en los amparos directos 152/2015 y 153/2015, del índice del propio órgano colegiado, a través de los cuales se ordenó devolver los autos a la secretaría de Acuerdos de ese órgano jurisdiccional, con el fin de dejar sin efectos el turno respectivo, hasta en tanto el Pleno de Circuito resuelva la presente solicitud de sustitución de jurisprudencia; lo anterior, al considerar que los autos de mérito se encuentran relacionados con el artículo 28 Bis 4 de la Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Nuevo León, cuyo contenido es materia de discusión en la solicitud de sustitución de trato.

Posteriormente, por acuerdo de siete de septiembre de la presente anualidad,(3) de conformidad con los principios de ingreso e integración y acorde con la determinación adoptada por el Pleno en Materia Administrativa del Cuarto Circuito, en sesión de veinticinco de agosto de dos mil quince, en el sentido de guardar un orden y turno equitativos entre los integrantes, respecto de los asuntos de su conocimiento; acorde con el sistema de asignación consecutivo, se turnó la presente solicitud de sustitución de jurisprudencia al Magistrado Sergio Javier Coss Ramos, para la formulación del proyecto de resolución.

CUARTO.-Votación del proyecto. En sesión del Pleno en Materia Administrativa del Cuarto Circuito, celebrada el tres de noviembre de dos mil quince, se puso a discusión el proyecto presentado por el Magistrado Sergio Javier Coss Ramos, y en votación dividida se determinó votar en contra del proyecto originalmente presentado, y encargar el engrose del asunto al Magistrado José Elías Gallegos Benítez; y,