SOLICITUD DE SUSTITUCIÓN DE JURISPRUDENCIA 9/2016. MAGISTRADOS INTEGRANTES DEL PLENO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL DÉCIMO SEXTO CIRCUITO. 10 DE MAYO DE 2017. UNANIMIDAD DE CUATRO VOTOS DE LOS MINISTROS ALBERTO PÉREZ DAYÁN, JAVIER LAYNEZ POTISEK, JOSÉ
Suprema Corte de Justicia de la Nación

SOLICITUD DE SUSTITUCIÓN DE JURISPRUDENCIA 9/2016. MAGISTRADOS INTEGRANTES DEL PLENO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL DÉCIMO SEXTO CIRCUITO. 10 DE MAYO DE 2017. UNANIMIDAD DE CUATRO VOTOS DE LOS MINISTROS ALBERTO PÉREZ DAYÁN, JAVIER LAYNEZ POTISEK, JOSÉ

Fecha: 04-Ago-2017

C Que La Presentación Se Realice A Requerimiento De Las Autoridades Fiscales

d) No cumplir los requerimientos de las autoridades fiscales para presentar alguno de los documentos o medios electrónicos.

e) Cumplir los requerimientos que se formulen fuera de los plazos concedidos (en el propio requerimiento).

Asimismo, el artículo 82, fracción I, del código fiscal federal, prevé las multas aplicables a quien cometa las infracciones a que se refiere el artículo 81, fracción I, del citado ordenamiento, las cuales se desglosan en los incisos a) al e), de la siguiente forma:

• El inciso a) se refiere lisa y llanamente a declaraciones no presentadas (y a un supuesto de homologación que no fue materia de la contradicción de tesis).

• El inciso b) también se refiere a declaraciones, solicitudes, avisos o constancias, pero la sanción se impone cuando tales documentos se presentan fuera del plazo señalado por la autoridad en un requerimiento o por no desahogar ese requerimiento.

• El inciso c) es un caso específico que no se abordó en la contradicción de tesis (omisión de presentar aviso de compensación de contribuciones).

• El inciso d) prevé las multas aplicables a las infracciones relacionadas con la obligación de presentación de declaraciones por medios electrónicos, cuando se está obligado a ello, específicamente, en los siguientes supuestos: