SOLICITUD DE SUSTITUCIÓN DE JURISPRUDENCIA 2/2020. SEGUNDA SALA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN. 11 DE OCTUBRE DE 2021. PONENTE: YASMÍN ESQUIVEL MOSSA. SECRETARIA: CLAUDIA MENDOZA POLANCO.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

SOLICITUD DE SUSTITUCIÓN DE JURISPRUDENCIA 2/2020. SEGUNDA SALA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN. 11 DE OCTUBRE DE 2021. PONENTE: YASMÍN ESQUIVEL MOSSA. SECRETARIA: CLAUDIA MENDOZA POLANCO.

Fecha: 11-Oct-2021

B Entre Los Poderes De La Unión Y Sus Trabajadores

"...

"XIII bis. El banco central y las entidades de la administración pública federal que formen parte del sistema bancario mexicano regirán sus relaciones laborales con sus trabajadores por lo dispuesto en el presente apartado; ..."

15. "ORGANISMOS PÚBLICOS DESCENTRALIZADOS LOCALES. EL ARTÍCULO 116, FRACCIÓN VI, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS FACULTA AL LEGISLADOR SECUNDARIO PARA REGULAR LAS RELACIONES LABORALES ENTRE AQUÉLLOS Y SUS TRABAJADORES, DE ACUERDO CON LOS APARTADOS A O B DEL ARTÍCULO 123 CONSTITUCIONAL, INCLUSO, DE MANERA MIXTA, SIN LA OBLIGACIÓN DE SUJETARSE ESPECÍFICAMENTE A ALGUNO DE ELLOS [ABANDONO DE LA JURISPRUDENCIA 2a./J. 180/2012 (10a.) (*)]."

16. En la iniciativa se sostuvo que hasta 1929 eran pocas las entidades federativas que contaban con un código obrero, los cuáles, eran contradictorios en muchos aspectos. Situación que se consideró hacía "imposible, por la natural concurrencia económica, el desarrollo integral y armónico de la industria nacional", en especial, de las industrias de transportes terrestres y marítimas, mineras y las de hidrocarburos. Y, en cuanto a las economías locales, se consideró que la situación era perjudicial en tanto que la industria huiría de los Estados en los que las normas son más estrictas.