VARIOS 5/2002-SS. RELATIVO A LA SOLICITUD FORMULADA POR EL MINISTRO JUAN DÍAZ ROMERO, EN EL DIVERSO EXPEDIENTE VARIOS 4/2002-SS.
Fecha: 07-Jul-1995
La Ley De Instituciones De Crédito En Sus Artículos O O Y Dispone Se Transcriben
"La Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en sus artículos 1o. y 3o. establece: (se transcriben).
"Como de las anteriores transcripciones se desprende que Nacional Financiera es una entidad de la administración pública federal y forma parte del Sistema Bancario Mexicano, y si bien el personal que utilicen las instituciones de crédito para la realización de un fideicomiso no forma parte de la institución, éstas son las obligadas a cumplir, en su caso, en los términos del artículo 82 de la Ley de Instituciones de Crédito con las resoluciones que dicten las autoridades laborales, por tanto, resultan aplicables las fracciones XII y XIII bis del apartado B del artículo 123 de la Constitución Federal, que disponen: (se transcriben).
"Congruente con lo dispuesto en el texto constitucional, la Ley Reglamentaria de la Fracción XIII Bis del Apartado B del Artículo 123 de la Constitución Federal señala: (se transcriben artículos 1o. y 5o.).
"Por su parte, el título séptimo de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, denominado ‘Del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje y del procedimiento ante el mismo’, en su capítulo II, artículo 124, fracción I, dispone: (se transcribe).
"Por último, el Reglamento Interior del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje señala: (se transcribe artículo 1o.).
"En consecuencia, como Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito, fiduciaria del Fideicomiso Centro para el Desarrollo de la Competitividad Empresarial (Cetro), es una entidad de la administración pública federal, conforme lo disponen los artículos 1o. y 3o. de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 30 de la Ley de Instituciones de Crédito, y es, además, la institución obligada a cumplir con las resoluciones (susceptibles de afectar el patrimonio del fideicomiso) que, en su caso, dicten las autoridades laborales, según lo establece el artículo 82 de la ley citada en último término, al señalar: (se transcribe), al formar parte del Sistema Bancario Mexicano, según lo dispone el artículo 1o. de la Ley Orgánica de Nacional Financiera, resultan aplicables las fracciones XII y XIII bis del apartado B del artículo 123 de la Constitución Federal, en el sentido de que compete al Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje conocer de los conflictos laborales que se susciten en las entidades de la administración pública federal que formen parte del Sistema Bancario Mexicano.
"...
"El criterio transcrito fue reiterado después por esta Segunda Sala, en las tesis visibles en las páginas 371, Tomo II, septiembre de 1995 y 225, Tomo IV, noviembre de 1996, de la Novena Época del Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, cuyos sumarios, respectivamente, disponen:
"‘COMPETENCIA LABORAL. EL TRIBUNAL FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE ES COMPETENTE PARA CONOCER DE LOS CONFLICTOS LABORALES ENTRE EL FIDEICOMISO DE VIVIENDA PARA EL SECTOR MAGISTERIAL Y SUS TRABAJADORES.’ (se transcribe).
"‘COMPETENCIA LABORAL. EL TRIBUNAL FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE ES COMPETENTE PARA CONOCER DE LOS CONFLICTOS LABORALES ENTRE EL FONDO IMPULSOR DE INVERSIONES POTOSINAS Y SUS TRABAJADORES.’ (se transcribe).
"No es obstáculo para fincar la competencia en el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, el hecho de que el conflicto competencial sólo se hubiere suscitado entre la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Guerrero y la Junta Especial Número 43 de la Federal de Conciliación y Arbitraje en dicha entidad, ambas con residencia en Acapulco, pues en el caso debe invocarse, para superar tal cuestión, las razones que se contienen en la jurisprudencia de la anterior Cuarta Sala, que esta Sala reitera, publicada en la página 436 del Tomo III, Primera Parte, de la Octava Época del Semanario Judicial de la Federación, que a la letra dice:
- Considerando
- Artículo O De La Ley Orgánica Del Banco Nacional De Obras Y Servicios Públicos
- La Ley De Instituciones De Crédito En Sus Artículos O O Y Dispone
- El Artículo De Ese Ordenamiento Dice
- El Apartado B Del Artículo Constitucional Establece En Sus Fracciones Xii Y Xiii Bis
- Por Último El Reglamento Interior Del Tribunal Federal De Conciliación Y Arbitraje Señala
- La Ley De Instituciones De Crédito En Sus Artículos O O Y Dispone Se Transcriben
- Competencia Puede Declararse En Favor De Autoridad No Contendiente Se Transcribe
- Servicios De Banca Y Crédito
- Los Citados Precedentes Son Entre Otros Los Siguientes
- De Lo Anteriormente Expuesto Claramente Se Advierten Las Siguientes Imprecisiones
- Competencia Puede Declararse A Favor De Autoridad No Contendiente Se Transcribe
- En Efecto El Texto De La Jurisprudencia En Comento Es El Siguiente
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve