VARIOS 4/2006-SS. SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DE LA JURISPRUDENCIA 4a./J. 23/93.
Fecha: 18-Ago-2003
Artículo Queda Prohibido A Los Patrones
"‘...
"‘VII. Ejecutar cualquier acto que restrinja a los trabajadores los derechos que les otorgan las leyes; ...’
"De lo que se sigue que la Ley Federal del Trabajo establece diversas disposiciones que tienen por objeto garantizar al trabajador el pago del salario, sin que en ninguna de esas disposiciones se establezca que el trabajador deba realizar gestiones ante el patrón para obtener el emolumento conforme al monto pactado.
"Imponer al trabajador la obligación de realizar ese tipo de gestiones, desvirtúa la causal de rescisión a que se viene haciendo alusión, ya que ésta consiste, como se dijo, en que el patrón haya reducido el salario, y de ningún modo exige la demostración de otros elementos como que ante la reducción del salario se demuestre que el trabajador realizó gestiones para lograr el pago completo del salario pactado y que el patrón se negó a cubrírselo de manera completa, pues tales elementos no existen en el derecho positivo mexicano.
"Además, debe ponderarse que desde mil novecientos setenta (sic), la Ley Federal del Trabajo se apartó, en cuanto a la carga probatoria, de la norma civilista clásica de que al actor toca demostrar los elementos de la acción y al demandado los de sus excepciones o defensas. El artículo 784 de la ley vigente establece los casos en que al patrón corresponde la carga de la prueba, entre otros, para acreditar el monto y pago del salario, sin que en este precepto se establezca excepción alguna.
"No pasa desapercibido para esta Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que en diversas jurisprudencias de este Alto Tribunal, en su anterior integración, se estableció que correspondía al trabajador demostrar, cuando invocaba la causal de rescisión prevista en la fracción V del artículo 51 de la Ley Federal del Trabajo, que el patrón no pagó el salario y que realizó gestiones para obtenerlo.
- Resultando
- Considerando
- Que Se Expresen Argumentos Que Sustenten La Pretensión De Su Modificación
- Página
- Las Razones Que Se Aducen Para La Modificación De La Jurisprudencia Transcrita Dicen
- Disiento Del Criterio Mayoritario Por Las Siguientes Razones
- El Artículo Fracción V De La Ley Federal Del Trabajo Refiere
- V No Recibir El Salario Correspondiente En La Fecha O Lugar Convenidos O Acostumbrados
- En Efecto En La Ley Federal Del Trabajo Se Establece
- X La Facultad Del Patrón De Retener El Salario Por Concepto De Multa
- Artículo Salario Es La Retribución Que Debe Pagar El Patrón Al Trabajador Por Su Trabajo
- Artículo El Salario De Los Trabajadores No Será Objeto De Compensación Alguna
- Vi Pago De Las Cuotas Sindicales Ordinarias Previstas En Los Estatutos De Los Sindicatos
- Artículo Son Obligaciones De Los Patrones
- Artículo Queda Prohibido A Los Patrones
- Los Criterios A Que Se Alude Son Del Tenor Siguiente
- Salario Rescisión Del Contrato De Trabajo Por La Falta De Pago Del Se Transcribe
- Para Corroborar Ese Aserto Debe Recordarse Que La Ley Federal Del Trabajo Prevé
- Iv Causa De Rescisión De La Relación De Trabajo
- Xiv Incorporación Y Aportación Al Fondo Nacional De La Vivienda
- Iii Controles De Asistencia Cuando Se Lleven En El Centro De Trabajo
- V Los Demás Que Señalen Las Leyes