VARIOS 4/2006-SS. SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DE LA JURISPRUDENCIA 4a./J. 23/93.
Fecha: 18-Ago-2003
X La Facultad Del Patrón De Retener El Salario Por Concepto De Multa
"‘XI. Un salario menor que el que se pague a otro trabajador en la misma empresa o establecimiento por trabajo de igual eficiencia, en la misma clase de trabajo o igual jornada, por consideración de edad, sexo o nacionalidad;
"‘XIII. Renuncia por parte del trabajador de cualquiera de los derechos o prerrogativas consignados en las normas de trabajo.
"En todos estos casos se entenderá que rigen la ley o las normas supletorias en lugar de las cláusulas nulas.’
"‘Artículo 20. Se entiende por relación de trabajo, cualquiera que sea el acto que le dé origen, la prestación de un trabajo personal subordinado a una persona, mediante el pago de un salario.
"Contrato individual de trabajo, cualquiera que sea su forma o denominación, es aquel por virtud del cual una persona se obliga a prestar a otra un trabajo personal subordinado, mediante el pago de un salario. ...’
- Resultando
- Considerando
- Que Se Expresen Argumentos Que Sustenten La Pretensión De Su Modificación
- Página
- Las Razones Que Se Aducen Para La Modificación De La Jurisprudencia Transcrita Dicen
- Disiento Del Criterio Mayoritario Por Las Siguientes Razones
- El Artículo Fracción V De La Ley Federal Del Trabajo Refiere
- V No Recibir El Salario Correspondiente En La Fecha O Lugar Convenidos O Acostumbrados
- En Efecto En La Ley Federal Del Trabajo Se Establece
- X La Facultad Del Patrón De Retener El Salario Por Concepto De Multa
- Artículo Salario Es La Retribución Que Debe Pagar El Patrón Al Trabajador Por Su Trabajo
- Artículo El Salario De Los Trabajadores No Será Objeto De Compensación Alguna
- Vi Pago De Las Cuotas Sindicales Ordinarias Previstas En Los Estatutos De Los Sindicatos
- Artículo Son Obligaciones De Los Patrones
- Artículo Queda Prohibido A Los Patrones
- Los Criterios A Que Se Alude Son Del Tenor Siguiente
- Salario Rescisión Del Contrato De Trabajo Por La Falta De Pago Del Se Transcribe
- Para Corroborar Ese Aserto Debe Recordarse Que La Ley Federal Del Trabajo Prevé
- Iv Causa De Rescisión De La Relación De Trabajo
- Xiv Incorporación Y Aportación Al Fondo Nacional De La Vivienda
- Iii Controles De Asistencia Cuando Se Lleven En El Centro De Trabajo
- V Los Demás Que Señalen Las Leyes