VARIOS 4/2006-SS. SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DE LA JURISPRUDENCIA 4a./J. 23/93.
Fecha: 18-Ago-2003
Las Razones Que Se Aducen Para La Modificación De La Jurisprudencia Transcrita Dicen
• La redacción de la fracción V del artículo 51 de la Ley Federal del Trabajo resulta desafortunada, por lo que debe interpretarse como la no recepción del salario a consecuencia de la omisión del patrón de cumplir con el pago del mismo.
• La jurisprudencia se apoya en una diversa, de la que su tercer precedente no aborda el tema. En los otros cuatro se impone al trabajador la carga de probar que: 1) realizó las gestiones pertinentes para lograr su pago y 2) que el patrón se negó a efectuarlo, para que su acción de rescisión resulte procedente.
• Bajo ningún concepto se da la mencionada carga probatoria para el actor en sus dos aspectos, pues el patrón puede incumplir con el pago sin previo requerimiento y sin evidenciar, necesariamente, la negativa que se apunta a éste; lo anterior, apoyándose en los artículos 132, 88, 99, 100, 106, 108, 109 y 283 de la Ley Federal del Trabajo, de los que se desprende que la obligación de pagar corresponde al patrón, la cual es una obligación de dar generada por la labor realizada y el contrato de trabajo. Lo anterior se robustece con la carga de la prueba que el mismo ordenamiento jurídico arroja al empleador (artículos 784 y 804). Aunado a ello, en caso de negativa del trabajador a recibir su salario, el patrón tiene a su alcance el procedimiento paraprocesal previsto en el artículo 982 de la misma ley o sólo acreditar que estuvo a disposición del operario.
• Lo anterior no es obstáculo para que el patrón pueda alegar, si es el caso, caso fortuito o fuerza mayor.
• En cuanto a la parte de la jurisprudencia cuya modificación se solicita, relativa a la diferencia a las acciones de pago de salarios y rescisión por la misma causa, no se comparte por las mismas razones expuestas y porque la defensa de esta última requiere el pago puntual para que sea eficaz.
• Por último, solicita se reproduzcan los razonamientos que el Ministro Juan Díaz Romero realizó al formular voto particular contra las consideraciones que sustentan la jurisprudencia a debate.
- Resultando
- Considerando
- Que Se Expresen Argumentos Que Sustenten La Pretensión De Su Modificación
- Página
- Las Razones Que Se Aducen Para La Modificación De La Jurisprudencia Transcrita Dicen
- Disiento Del Criterio Mayoritario Por Las Siguientes Razones
- El Artículo Fracción V De La Ley Federal Del Trabajo Refiere
- V No Recibir El Salario Correspondiente En La Fecha O Lugar Convenidos O Acostumbrados
- En Efecto En La Ley Federal Del Trabajo Se Establece
- X La Facultad Del Patrón De Retener El Salario Por Concepto De Multa
- Artículo Salario Es La Retribución Que Debe Pagar El Patrón Al Trabajador Por Su Trabajo
- Artículo El Salario De Los Trabajadores No Será Objeto De Compensación Alguna
- Vi Pago De Las Cuotas Sindicales Ordinarias Previstas En Los Estatutos De Los Sindicatos
- Artículo Son Obligaciones De Los Patrones
- Artículo Queda Prohibido A Los Patrones
- Los Criterios A Que Se Alude Son Del Tenor Siguiente
- Salario Rescisión Del Contrato De Trabajo Por La Falta De Pago Del Se Transcribe
- Para Corroborar Ese Aserto Debe Recordarse Que La Ley Federal Del Trabajo Prevé
- Iv Causa De Rescisión De La Relación De Trabajo
- Xiv Incorporación Y Aportación Al Fondo Nacional De La Vivienda
- Iii Controles De Asistencia Cuando Se Lleven En El Centro De Trabajo
- V Los Demás Que Señalen Las Leyes