Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 064/2000
Fecha: 31-Ago-2000
IV.4.
IV.4. Que la Comisión de Ética dicta el auto inicial de procesamiento de 24 de mayo de 2000 a denuncia del Concejo de Vigilancia, e instruye sumario contra el recurrente por encontrarse su conducta dentro de las sanciones previstas por el art. 28 de la Ley SAFCO, por los delitos de apropiación indebida y otros previstos en el art. 335 del Código Penal y en 25 de mayo de 2000 notifica al recurrente con la citación N° 01/00, adjuntando a la misma la denuncia y auto de apertura del proceso, para que se ponga a derecho y responda en el plazo perentorio de cinco días.