SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 064/2000
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 064/2000

Fecha: 31-Ago-2000

V.1.

V.1. Que en el caso de autos, la Comisión de Ética ha sido conformada mediante la Resolución impugnada N° 26/2000 de 4 de mayo de 2000, en forma muy posterior al inicio de gestión y ante la denuncia sentada contra el recurrente, en completa transgresión del art. 35-VII de la Ley N° 2028 que establece que la Comisión será elegida al iniciarse cada gestión; normativa que tiene la finalidad de cumplir con lo dispuesto por el art. 14 de la Constitución Política del Estado que exige que los juzgadores sean designados con anterioridad al hecho de la causa y que nadie podrá ser juzgado por comisiones especiales, como se ha dado en los hechos en la presente causa.