SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 058/00
Fecha: 22-Ago-2000
I.1
I.1 Que, el Poder Ejecutivo el 7 de abril de 2000, decretó el Estado de Sitio Nacional, medida de excepción que fue publicada el día 8 de abril de 2000. Que, dicho Poder se rehusó inicialmente a tramitar la autorización legislativa determinada por el art. 111 de la Constitución Política del Estado, negándose a efectuar la Convocatoria a Congreso, hasta que por la presión popular y las solicitudes reiteradas de los partidos políticos se convocó a Sesión de Congreso el día 12 de abril de 2000. Que, durante el debate parlamentario quedaba claro que el Poder Ejecutivo no tenía la mayoría necesaria para obtener la autorización legislativa, porque la totalidad de los Partidos Políticos de la oposición se encontraban unidos para no aprobar la medida de excepción, debido a que la misma no solucionaría los graves problemas existentes, posición que también era compartida por varios parlamentarios del oficialismo.
- Partes
- VISTOS:
- I.1
- I.2
- I.3
- I.4
- CONSIDERANDO II
- II.1
- II.2
- Que, terminado el orden de oradores, pasaron a la votación de la Resolución Congresal presentada por el Diputado Kieffer, oportunidad en que el Jefe de Bancada del Movimiento Nacionalista Revolucionario desconoció todo lo concertado, ocasionando desorden
- II.3
- II.4
- III.1
- III.2
- quien dijo que con los Jefes de Bancada habían acordado que “...cada partido tenía hora...” y que al empezar la Sesión presentó una lista de 21 oradores, por lo que pedía que se queden a debatir más tiempo
- III.3
- IV.1
- IV.2
- IV.3
- V.1
- POR TANTO