SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 058/00
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 058/00

Fecha: 22-Ago-2000

IV.2

IV.2  Que, los recurrentes no han demostrado haber ofrecido la lista de 21 oradores y más bien al inicio de la sesión (fs. 62), el recurrente Sánchez Berzaín inicia las exposiciones de su Partido, habiendo proporcionado un rol de cuatro oradores, los cuales tenían una hora para exponer según lo acordado con los Jefes de Bancada, tiempo del cual hicieron uso, conforme el citado recurrente lo reconoce a fs. 175 de obrados. Que, luego de agotada la hora acordada se estableció un nuevo rol de intervenciones individuales con duración de 15 minutos, donde el Senador Lema Patiño del Movimiento Nacionalista Revolucionario, renunció  hacer uso de la palabra.  Que en el caso del recurrente Sánchez Berzaín cuando éste hacia uso de ella, si bien se lo llamó al orden, éste prosiguió su discurso, siendo él mismo quién dejó inconclusa su exposición pidiendo el cuarto intermedio que inmediatamente se decretó en sala sin pedir posteriormente se le permita continuar con el uso de la palabra, hechos de los cuales se infiere que no se infringieron los arts. 82, 86, 106 y 116 del Reglamento de la Cámara de Diputados.  Que, el Proyecto de Resolución fue leído por el proyectista en la Sesión, por lo que minutos antes de la votación no se volvió a dar lectura sino a ponerla a consideración de los congresales.