Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 058/00
Fecha: 22-Ago-2000
III.1
III.1 Que, el fundamento del Recurso radica en la violación de los arts. 7-b)-h) y 111 de la Constitución Política del Estado, 75, 77, 82, 86, 106, 112, 116, 118 y 138 del Reglamento General de la Cámara de Diputados, ya que dichos preceptos no fueron observados en la Sesión de Congreso del 12 de abril de 2000 la cual culminó con la Resolución Congresal Nº 00/99-2000 de 13 de abril de 2000 que aprobó el Estado de Sitio decretado por el Poder Ejecutivo, mediante Decreto Supremo Nº 25730 de 7 de abril de 2000.
- Partes
- VISTOS:
- I.1
- I.2
- I.3
- I.4
- CONSIDERANDO II
- II.1
- II.2
- Que, terminado el orden de oradores, pasaron a la votación de la Resolución Congresal presentada por el Diputado Kieffer, oportunidad en que el Jefe de Bancada del Movimiento Nacionalista Revolucionario desconoció todo lo concertado, ocasionando desorden
- II.3
- II.4
- III.1
- III.2
- quien dijo que con los Jefes de Bancada habían acordado que “...cada partido tenía hora...” y que al empezar la Sesión presentó una lista de 21 oradores, por lo que pedía que se queden a debatir más tiempo
- III.3
- IV.1
- IV.2
- IV.3
- V.1
- POR TANTO