Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 058/00
Fecha: 22-Ago-2000
IV.1
IV.1 Que, los arts. 75 y 77 del Reglamento General de la Cámara de Diputados, fueron observados por el recurrido, por cuanto al inicio de la sesión se verificó el quórum tanto en la Cámara de Senadores como en la de Diputados, habiendo sido informado por los correspondientes Secretarios de Cámara, por cuya razón no era necesaria otra verificación del quórum luego del cuarto intermedio decretado, dado que éste fue decretado en Sala y no se especificó cuánto tiempo debía durar, de ahí que tal exigencia se hacía innecesaria.
- Partes
- VISTOS:
- I.1
- I.2
- I.3
- I.4
- CONSIDERANDO II
- II.1
- II.2
- Que, terminado el orden de oradores, pasaron a la votación de la Resolución Congresal presentada por el Diputado Kieffer, oportunidad en que el Jefe de Bancada del Movimiento Nacionalista Revolucionario desconoció todo lo concertado, ocasionando desorden
- II.3
- II.4
- III.1
- III.2
- quien dijo que con los Jefes de Bancada habían acordado que “...cada partido tenía hora...” y que al empezar la Sesión presentó una lista de 21 oradores, por lo que pedía que se queden a debatir más tiempo
- III.3
- IV.1
- IV.2
- IV.3
- V.1
- POR TANTO