SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 071/2000
Fecha: 28-Sep-2000
CONSIDERANDO III
Que la autoridad recurrida, responde al Recurso mediante memorial de 4 de agosto de 2000, cursante a fs. 252 del expediente, donde expresa que en cumplimiento de la Sentencia Constitucional N° 679/2000-R de 10 de julio de 2000 que aprueba la Resolución de 29 de mayo de 2000 pronunciada por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito de Santa Cruz, su persona, como Director Ejecutivo del INALCO dictó la Resolución Administrativa N° 1548 de 24 de julio de 2000 que revoca y deja sin efecto la Resolución Administrativa N° 1516 de 19 de mayo de 2000 emitida por su autoridad, e incluso mediante Resolución Administrativa N° 1549 de 3 de agosto de 2000 reconoce al nuevo Directorio de "Cotas" Ltda. que actualmente se halla en ejercicio, por lo que considera que “ha sido solucionado el caso motivo del presente memorial” (sic).