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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 005/01
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 005/01

    Fecha: 17-Ene-2001

    CONSIDERANDO VI

    Que por otra parte, el Acuerdo de Sala Plena de 12 de abril de 2000 fue objeto de impugnación dentro de un Recurso Directo o Abstracto de Inconstitucionalidad en el que se dictó la S.C. Nº 83/00 de 24 de noviembre de 2000, mediante la que se declara la constitucionalidad del Acuerdo de Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de 12 de abril de 2000.

    • VISTOS:
    • CONSIDERANDO I
    • “... La Resolución de rechazo admite Recurso de Reposición que deberá ser interpuesto dentro de los tres días siguientes a la notificación del mismo. La Comisión resolverá el Recurso en el mismo plazo”.
    • 1.-
    • 2.-
    • 3.-
    • 4.-
    • 5.-
    • 6.-
    • 7.-
    • CONSIDERANDO IV
    • “La administración de justicia es un medio de servicio a la sociedad”,
    • CONSIDERANDO V
    • CONSIDERANDO VI
    • POR TANTO:

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