SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 138/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 138/01-R

Fecha: 15-Feb-2001

POR TANTO:

POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19-IV, 120-7ª) de la Constitución Política del Estado y 102-V de la Ley Nº 1836,  REVOCA la Resolución Nº 047/2001 cursante a fs.  88 a 90, pronunciada el 31 de enero de 2001 por  los Conjueces de la Sala  Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, y declara PROCEDENTE el Amparo Constitucional interpuesto  por Alfonso Dorado Márquez, disponiéndose la nulidad de la Resolución Nº 616/2000 de 25 de octubre de 2000, debiendo los Vocales recurridos tramitar el Recurso Incidental  de Inconstitucionalidad de 23 de octubre de ese año, conforme a las previsiones de la citada Ley. La Corte de Amparo deberá dar aplicación al art., 102-II de la Ley Nº 1836 en cuanto a la calificación de responsabilidad civil  a favor del recurrente.