SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 450/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 450/01-R

Fecha: 18-May-2001

votaron por la procedencia  de la denuncia dos de los tres  Concejales presentes en esa reunión; siendo cuatro los Concejales en ejercicio en esa oportunidad

Del acta de la sesión de 14 de febrero de 2001, en la que se decidió la “separación” de la recurrente del Concejo Municipal, se evidencia que votaron por la procedencia  de la denuncia dos de los tres  Concejales presentes en esa reunión; siendo cuatro los Concejales en ejercicio en esa oportunidad, debió contarse con el voto de tres de ellos -que constituyen mayoría absoluta- para  determinar la referida procedencia de conformidad al antedicho art. 36. Al no haber reunido ese requisito, son nulas la determinación adoptada en esa reunión, y  la Resolución que emerge de ella.