SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 050/2001
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 050/2001

Fecha: 21-Jun-2001

I.2.

I.2. Que en el referido proceso se ha vulnerado el derecho fundamental a la propiedad privada consagrado por el art. 7 inc. i) y 22 de la Constitución Política del Estado, ya que el INRA no observó lo dispuesto por los arts. 45 y 72 de la Ley Nº 1715 y 267 de su Reglamento, pues las tierras en cuestión no adquirieron previamente el carácter de tierras fiscales, basándose la  Resolución de Dotación y Titulación en simples informes que no tienen valor legal para revertir tierras y afectar el derecho propietario de personas que cuentan con derechos reconocidos en trámites agrarios, sin que previamente se hubiesen dictado las resoluciones individuales, dando la oportunidad a terceros para hacer uso de los recursos que franquea la Ley, y una vez ejecutoriadas recién se proceda a la dotación de las tierras identificadas como fiscales, a favor de los indígenas. Que si bien el INRA posee jurisdicción administrativa para regularizar y perfeccionar el derecho de propiedad agraria debe observar los pasos procesales que habiliten su competencia, situación que no ha ocurrido en el caso presente por lo que la Resolución impugnada ha sido dictada sin competencia y por lo tanto es nula de pleno derecho.