Juristeca
Juristeca País
    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 592/01-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 592/01-R

    Fecha: 18-Jun-2001

    CONSIDERANDO:

    CONSIDERANDO: Que el Amparo Constitucional consagrado por el Art. 19 de la Constitución Política del Estado procede contra los actos ilegales o las omisiones indebidas de los funcionarios que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos y garantías de las personas reconocidos por la Constitución y las Leyes, siempre que no exista otra vía o medio legal para la protección inmediata de tales derechos.

    • VISTOS:
    • 1.
    • a)
    • IMPROCEDENTE
    • 1)   Norah Suárez Olivera suscribió con  Víctor Calderón  Cruz y la recurrente,  en 24 de abril de 1998
    • 2)
    • 4)
    • 6)
    • 7)
    • 8)
    • CONSIDERANDO:
    • precisamente por ello las resoluciones que se dictan en ejecución de fallos se conceden, por imperio del art. 518 del mismo cuerpo de normas, en el efecto devolutivo sin recurso ulterior, es decir que, pese a la apelación,  la ejecución continúa y no puede paralizarse.
    • POR TANTO:

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca