Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 592/01-R
Fecha: 18-Jun-2001
VISTOS:
VISTOS: En revisión, la Resolución cursante de fs. 188 a 190, pronunciada el 9 de mayo de 2001 por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, en el Amparo Constitucional interpuesto por Gladys Salguero de Calderón contra Wilfredo Patiño Soria, Juez Noveno de Partido en lo Civil; sus antecedentes, y
- VISTOS:
- 1.
- a)
- IMPROCEDENTE
- 1) Norah Suárez Olivera suscribió con Víctor Calderón Cruz y la recurrente, en 24 de abril de 1998
- 2)
- 4)
- 6)
- 7)
- 8)
- CONSIDERANDO:
- precisamente por ello las resoluciones que se dictan en ejecución de fallos se conceden, por imperio del art. 518 del mismo cuerpo de normas, en el efecto devolutivo sin recurso ulterior, es decir que, pese a la apelación, la ejecución continúa y no puede paralizarse.
- POR TANTO: