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    AUTO CONSTITUCIONAL 37/2002-CDP
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 37/2002-CDP

    Fecha: 14-Oct-2002

    c)

    c)   No ha existido desobediencia ni incumplimiento  de la SC 903/2000-R de su parte, sino que  en ejecución de la misma, “se sucedieron una serie de hechos que impidieron revertir el lanzamiento y restituir el inmueble a la recurrente”, tales como el recurso de amparo y directo de nulidad formulados por la propietaria, negativa de la recurrente a recibir el inmueble, dolo de la dueña que tapió la puerta de ingreso y otros.

    • Ruth Eliana Chuquimia Bustillos
    • I.1.
    • I.2.
    • b)  Mediante escrito presentado el  doce de enero (fs. 196 a 198), Ruth Eliana Chuquimia Bustillos  ofreció prueba documental,
    • d)
    • g)  El proveído de 4 de mayo
    • h)
    • j)   En 5 de agosto
    • k)  Por memorial  presentado el 16 de agosto
    • I.4
    • b)
    • c)
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • POR TANTO:

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