AUTO CONSTITUCIONAL 37/2002-CDP
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 37/2002-CDP

Fecha: 14-Oct-2002

POR TANTO:

POR TANTO: El  Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los artículos 19-IV, 120-7ª) de la Constitución Política del Estado, 7.8ª) y 102-V de la Ley del Tribunal Constitucional, ANULA la Resolución 131/2002-SSA-II de 2 de septiembre de 2002, cursante a fojas 857 y 858 de obrados, pronunciada por la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, la misma que deberá dictar otra, de acuerdo a los parámetros establecidos en el presente fallo.