I.4
I.4 En 2 de septiembre del presente año, la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de la Paz emitió la Resolución 131/2002 (fs. 857 y 858), por la que determina la responsabilidad civil por daños y perjuicios causados a la recurrente por parte de la Jueza recurrida, en la suma de Bolivianos dieciséis mil setecientos once 61/100 (Bs16.711,61), que “será cancelada mediante descuento de los haberes de la autoridad recurrida en el 20% de conformidad con el artículo 179 del Código de Procedimiento Civil”, basándose en lo siguiente:
- Ruth Eliana Chuquimia Bustillos
- I.1.
- I.2.
- b) Mediante escrito presentado el doce de enero (fs. 196 a 198), Ruth Eliana Chuquimia Bustillos ofreció prueba documental,
- d)
- g) El proveído de 4 de mayo
- h)
- j) En 5 de agosto
- k) Por memorial presentado el 16 de agosto
- I.4
- b)
- c)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- POR TANTO:
