Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1188/2002-R
Fecha: 04-Oct-2002
II.2
II.2 El Fiscal de materia -ahora recurrido- mediante Resolución de 26 de enero de 2002, rechaza la querella por encontrarse vencido el término de la etapa preparatoria el 29 de diciembre de 2001 y haber sido remitido el estudio pericial solicitado el 22 de enero de 2002, careciendo por ello de validez probatoria, dejando al querellante la vía para solicitar la conversión de acción. Dicha resolución es objetada ante el Fiscal de Distrito, quien a su vez mediante Resolución de 15 de febrero del año en curso la revoca disponiendo se continúe con las investigaciones (fs. 128).