SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1188/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1188/2002-R

Fecha: 04-Oct-2002

III.6

III.6           Por consiguiente, el caso planteado se encuentra dentro de las previsiones y alcances del art. 19 CPE, en el que se instituye el recurso de amparo constitucional para precautelar los derechos y garantías fundamentales de las personas ante actos ilegales de funcionarios o particulares que restrinjan o supriman o amenacen restringir o suprimir tales derechos.  De manera que el Tribunal de amparo al haber declarado improcedente  el recurso, no ha dado correcta aplicación  al citado art. 19 CPE.