Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1240/2002-R
Fecha: 21-Oct-2002
II.4.
II.4. La Resolución 309 de 30 de noviembre de 1994 (fs. 126), concedió la condición de refugiada a Elizabeth Aida Ochoa Mamani y a sus hijos Melisa Victoria y Luis Ernesto Miguel Ochoa. De acuerdo al Certificado del Director Nacional de INTERPOL, emitido el 2 de agosto de 2001 (fs. 127 y 128), la mencionada Elizabeth Ochoa Mamani tiene diversos antecedentes policiales en el Perú, y en Bolivia fue detenida por estar vinculada a actos de terrorismo del Movimiento Revolucionario Tupac Amaru (M.R.T.A.) y otros delitos, habiendo obtenido la cesación de su detención en 22 de diciembre de 2000.
- Eduardo Ibarra Sánchez y otros
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso.
- ,
- a)
- IMPROCEDENTE
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- III.1.
- III.2.
- III.4.
- y recabar del mismo su respectivo Carnet Laboral
- III.5.
- siempre que observen los reglamentos aplicables en las mismas circunstancias a los extranjeros en general”.
- III.6. Consecuentemente, no se advierte, en la especie, vulneración alguna a los derechos de los recurrentes por parte de la autoridad recurrida,
- III.7.
- III.8.
- Fragmento 20
- POR TANTO