SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1291/2002-R
Fecha: 28-Oct-2002
I.1.1. Hechos que motivan el recurso.
En la demanda presentada el 15 de agosto de 2002 (fs. 95 a 101), el recurrente expresa que en el proceso coactivo civil que le inició el Banco Mercantil S.A., se pretende llevar adelante la subasta y remate de los bienes dados en garantía hipotecaria, en un “valor irrisorio” que corresponde al valor catastral, cuando debería ser en base al avalúo pericial, es decir sobre el valor comercial de los inmuebles.
Alega que si bien la venta forzosa es una transferencia “a título directo del derecho que sobre la cosa correspondía al que ha sido ejecutado para devolver la suma de liquidación aprobada, no implica restaurar un derecho en detrimento de otro”, pues eso sería incurrir en un abuso de derecho, dado que con la subasta sobre la base del avalúo catastral, ni siquiera se permitiría la reposición del valor neto de la cosa.
Manifiesta, por otra parte, que el proceso seguido en su contra está viciado de nulidad desde su inicio porque no intervino el Vocal Semanero de Turno en la distribución de la causa, en contra de lo dispuesto por el art. 117 de la Ley de Organización Judicial (LOJ), motivo por el que debe ser declarado nulo, de acuerdo al art. 123 de la referida ley, como lo ha declarado el Tribunal Constitucional en su Sentencia 976/2001-R, de 17 de septiembre.
- Marco Enrique Tufiño Bánzer
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso.
- a)
- PROCEDENTE
- II.1
- II.2. En 4 de mayo de 2000
- II.3.
- II.4
- II.5.
- II.7.
- III.1.
- III.2.
- ninguna reclamación
- III.4.
- el sorteo del expediente es un acto procesal necesario e inexcusable que tiene estrecha relación con la competencia de un Tribunal o Juez para ejercer jurisdicción en un determinado asunto y que permite fundamentalmente garantizar el debido proceso, orientado a sustentar el derecho de los litigantes a un Juez imparcial
- intervención del Vocal Semanero-
- III.5.