SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1291/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1291/2002-R

Fecha: 28-Oct-2002

II.2.    En 4 de mayo de 2000

II.2.    En 4 de mayo de 2000 (fs. 28), se dictó sentencia  declarando probada la demanda, ordenándose el pago de la deuda a tercero día y el embargo de los bienes  otorgados en garantía hipotecaria. Con la demanda y sentencia se notificó al coactivado y recurrente en 11 de mayo de 2000 (fs. 32), y a la  co-coactivada Doris  Francia Peña de Tufiño, se la citó por cédula, luego de la presentación del oficial de diligencias y la orden judicial correspondiente, en 16 de mayo (fs. 33 vta.). Ninguno de ellos interpuso excepción alguna contra la demanda.