SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1291/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1291/2002-R

Fecha: 28-Oct-2002

ninguna reclamación

En el caso objeto de revisión, a más de no haber planteado en momento alguno ninguna reclamación sobre la determinación del Juez recurrido de  rematar el bien rústico dado en garantía sobre la base de su valor catastral, el recurrente no interpuso el recurso ordinario que le franquea la norma antedicha contra el Auto de 11 de abril de 2002 -que le fue legalmente notificado- motivando de esa forma la improcedencia de este recurso extraordinario, que entre sus principales caracteres tiene la subsidiariedad conforme lo establece el art. 19-IV de la Constitución Política del Estado (CPE).