Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1291/2002-R
Fecha: 28-Oct-2002
III.2.
III.2. El amparo constitucional ha sido instituido como un recurso extraordinario que otorga protección inmediata contra los actos ilegales y las omisiones indebidas de autoridades o particulares que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir derechos y garantías fundamentales de la persona, reconocidos por la Constitución y las Leyes, siempre que no existiera otra vía o medio por la que se pueda obtener dicha protección.
- Marco Enrique Tufiño Bánzer
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso.
- a)
- PROCEDENTE
- II.1
- II.2. En 4 de mayo de 2000
- II.3.
- II.4
- II.5.
- II.7.
- III.1.
- III.2.
- ninguna reclamación
- III.4.
- el sorteo del expediente es un acto procesal necesario e inexcusable que tiene estrecha relación con la competencia de un Tribunal o Juez para ejercer jurisdicción en un determinado asunto y que permite fundamentalmente garantizar el debido proceso, orientado a sustentar el derecho de los litigantes a un Juez imparcial
- intervención del Vocal Semanero-
- III.5.