SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1299/2002-R
Fecha: 28-Oct-2002
I.2.2. Informe del recurrido
La Jueza demandada informó por escrito (fs. 82-83), que se dictó auto de enjuiciamiento penal contra el recurrente por giro de cheque en descubierto, ordenando se libre mandamiento de comparendo a objeto de recibir su declaración confesoria. Que la parte querellante dijo desconocer el nuevo domicilio del imputado por lo que previo informe del oficial de diligencias y acta de desconocimiento de domicilio, se procedió a su citación mediante edictos. Que el proceso se tramitó conforme a ley porque no se violaron los derechos fundamentales del recurrente, menos su derecho a defensa pues se le designó un defensor de oficio. Que se llevaron a cabo dos audiencias, en una de las cuales el acusador produjo prueba testifical, existiendo además prueba preconstituida, por lo que dictó sentencia en correcta aplicación del art. 135 CPP. Que expidió el mandamiento de condena al haber adquirido el fallo plena ejecutoria, en observancia del art. 91.5) CPP a efectos de que el recurrente cumpla la pena impuesta, no siendo causal de nulidad la falta de declaración expresa de ejecutoria. Por lo señalado, pidió la improcedencia del recurso.
- Carlos O. Balcázar Gius
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad o persona recurrida y petitorio
- I.2.2. Informe del recurrido
- procedente
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- no ha sido juzgada en proceso legal.”
- haber sido oído y juzgado en proceso legal;
- III.3.
- III.4.
- III.5.