Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1317/2002-R
Fecha: 30-Oct-2002
APROBAR
El Tribunal Constitucional en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 18.III) y 120.7ª CPE y arts. 7.8ª y 93 LTC, en revisión resuelve APROBAR la Resolución de fs. 61 vta. a 62, pronunciada el 14 de septiembre de 2002, por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, sin disponer la libertad del representado por la recurrente, por encontrarse bajo la jurisdicción del Juez competente.
- Shirley Liliana Hurtado Vásquez en representación sin mandato de Freddy Fernando Hurtado Gonzáles
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso.
- I.1.3. Autoridad o persona recurrida y petitorio.
- a)
- 1)
- Director Departamental de FELCN
- El representante del Ministerio Público,
- procedente
- II.1
- II.2
- II.3
- III.1
- III.2
- III.3
- III.4
- III.5
- III.6
- APROBAR