SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1357/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1357/2002-R

Fecha: 11-Nov-2002

1.2.2.1.

1.2.2.1. La autoridad demandada a través de su abogada y apoderada, presentó informe escrito (fs. 222-231), en el que niega todos los hechos demandados, aseverando que el art. 228 del anterior Código de Educación, se encuentra abrogado por la Ley de reforma educativa debiendo cumplirse a partir de su promulgación el 7 de julio de 1994, esta nueva disposición legal en lo que corresponde a la designación de directores, las condiciones y la garantía de la inamovilidad docente, extremos previstos en los arts. 34, 35 y 38 de la Ley  de reforma educativa y que son aplicables al caso de los recurrentes por mandato del art. 7 de las Disposiciones Transitorias de la citada Ley.