SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1357/2002-R
Fecha: 11-Nov-2002
II.4
II.4. Los representados del recurrente, Néstor Gemio Ajllahuanca, Dante Ayala Vargas, Hilarión Llanos, Policarpio Calderón, Alberto Condori Cruz, Florentino Quispe Condori, Diego Herrera Pantoja, Ignacio Choque Juanca, Norberto Mena y Antonio Guachalla no se presentaron a la convocatoria. Otros como Rigoberto Hernani Pasten, David Aruquipa Ortiz, Antonio Fernández Lima, Valentín Jiménez Rivera y Moisés Blanco adjuntaron documentación insuficiente y otros como el propio recurrente Javier Urbina, José Jorge Pérez Medrano, Pablo Condori Callisaya, Romualdo Condori Paredes, Menesio Mamani Araníbar, Rosendo Mamani Ramos, Felipe Apaza Laura y Jacinto Mamani Rodríguez no acreditaron haber cumplido con el inc. c) del párrafo tercero del parágrafo III de la Instrucción a la Convocatoria, lo que dio lugar a su rechazo en la primera fase de selección (132-219).
- Javier Urbina Maceda
- I.1. 1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad o persona recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación del recurso
- 1.2.2.1.
- 1.2.2.2
- 1.2.2.3.
- 1.2.2.4.
- improcedente
- 1.2.4. Trámite procesal en el Tribunal
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2