Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1364/2002 - R
Fecha: 07-Nov-2002
II.1
II.1 Que, habiéndose anulado obrados mediante SC 512/2002-R de 7 de mayo, dentro de la tramitación del recurso planteado, disponiéndose que se prosiga el procedimiento a partir del Auto de Admisión pronunciado el 13 de marzo de 2002 cursante a fs. 433 (fs. 503-507), el expediente fue devuelto para tal efecto el 16 de mayo de 2002 al tribunal de Conjueces que conoció el recurso (fs. 508).