Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 96/2002
Fecha: 18-Nov-2002
FUNDADO
El Tribunal Constitucional en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 120.6ª CPE y 79 LTC declara FUNDADO el recurso interpuesto y consecuentemente NULO el Auto de Vista de 3 de agosto de 2002 pronunciado dentro del procedimiento de auxilio judicial seguido por la impetrante contra “Bolívar” de Seguros SA.
- Rosa Escobar Durán
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Admisión y citaciones
- a)
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4 José Montaño, por “Bolívar” SA. de Seguros, apela del Auto de 25 de junio de 2002, el mismo que previo traslado, es rechazado, en consideración que las normas aplicables al caso de examen por dicha autoridad se rige conforme a los arts. 1483 Ccom y en el caso específico el 716.III CPC, no siendo aplicable la Ley de Arbitraje y Conciliación (LAC) debido a que la póliza fue convenida y cumplida con anterioridad a la vigencia de dicha Ley. (fs. 113).
- II.5
- III.1
- III.2
- III.3
- III.4
- FUNDADO