SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1478/2002-R
Fecha: 04-Dic-2002
Fragmento 5
Este recurso es planteado por el actor manifestando que el Juez recurrido ha interpretado y aplicado en forma incorrecta la Disposición Transitoria Primera de la Ley 2298, de Ejecución Penal y Supervisión que establece el reconocimiento de trabajos y estudios de los internos, para efectos de la redención, consignando únicamente tres requisitos, que no tienen relación con el art. 138 de dicha Ley, al amparo de cuyo inciso sexto, le ha negado ilegalmente su pedido, lo que se traduce en un procesamiento y detención indebidos, además de un trato discriminatorio en su contra, ya que la citada autoridad judicial concedió la redención a un condenado a 20 años de prisión por el delito de genocidio. Corresponde analizar si de acuerdo a los datos del cuaderno procesal y las normas legales aplicables, se debe otorgar la tutela que brinda el art. 18 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Pablo Oswaldo Justiniano Vaca
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- a)
- Fragmento 4
- Fragmento 5
- III.1.
- en el recinto penitenciario
- con el fin de que ese tiempo sea computado para que el interno obtenga la redención de la condena.
- para cuyo reconocimiento deben cumplirse las tres exigencias allí contempladas, que son requisitos para el reconocimiento antedicho y no para la redención
- trabajo y estudio penitenciarios,
- no se le puede conceder la redención de su condena.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- APRUEBA